El procurador Amado Enco cuestionó que el Equipo Especial Lava Jato insista en seguir investigando a Vizcarra, pese a que la fiscal de la Nación ya aclaró que el fiscal Elmer Chirre es el competente. (Foto: Jesús Saucedo / GEC)
El procurador Amado Enco cuestionó que el Equipo Especial Lava Jato insista en seguir investigando a Vizcarra, pese a que la fiscal de la Nación ya aclaró que el fiscal Elmer Chirre es el competente. (Foto: Jesús Saucedo / GEC)

El procurador Amado Enco se pronuncia en exclusiva con Gestión sobre las pugnas entre la Fiscalía Anticorrupción y el Equipo Especial Lava Jato por la pesquisa al presidente Martín Vizcarra por presuntos sobornos de S/2.3 millones de empresas vinculadas al “Club de la Construcción”, cuando era gobernador regional de Moquegua.

La fiscal de la Nación ratificó su decisión de que la Fiscalía Anticorrupción es la competente para investigar al presidente Martín Vizcarra.

No queda duda sobre la negativa de ampliación de competencias al Equipo Especial para investigar estos dos hechos concretos vinculados Lomas de Ilo y el hospital de Moquegua que vinculan al exgobernador regional de Moquegua.

Pese a la respuesta de Ávalos, el Equipo Especial va a seguir con las pesquisas.

Si eso es así, lo que debo afirmar es que ya estamos entrando en una actitud que representaría un acto de insubordinación. No hay duda de que estaríamos ante una investigación arbitraria.

¿El fiscal Omar Tello, coordinador de las Fiscalías Anticorrupción, tiene que pedir a un fiscal supremo para que dirima las competencias?

No. Me da la impresión de que el Equipo Especial quiere colocar en el debate un conflicto de competencias inexistente. Es decir, uno puede invocar el conflicto de competencias cuando dos fiscales tienen competencia para conocer un caso. Y en consecuencia, allí un fiscal superior debe resolver ese avocamiento entre esos dos fiscales. Esta no es la figura en este caso. Aquí hay un fiscal que no tiene competencias y está realizando una investigación a sabiendas de que no tiene competencia.

¿Qué es lo que procede?

Lo que debe suceder ahora es que el fiscal Rafael Vela le requiera al fiscal Juárez a que suspenda los actos de investigación en mérito a lo comunicado por la fiscal de la Nación y remitir los actuados de la carpeta fiscal 16-2020 al despacho del fiscal Chirre.

¿Germán Juárez queda como el fiscal que tiene la colaboración?

Sí, tiene que continuar bajo la competencia del fiscal Juárez, pues él es que recibió la solicitud y tiene la información necesaria para proseguir con la fase de corroboración. Entiendo que esa colaboración no es solo sobre los hechos vinculados a Lomas de Ilo y hospital de Moquegua, sino que hay otros proyectos que sí vinculan a Obrainsa con Odebrecht en el caso Lava Jato. Por ese motivo, el doctor Juárez debe seguir a cargo de la colaboración, pero remitir lo correspondiente al fiscal Chirre.

¿Es válido que un aspirante a colaborador ponga condiciones a los fiscales?

No, en lo absoluto. Se está distorsionando el procedimiento de colaborador eficaz. El proceso de colaboración eficaz lo conduce el fiscal. Es el fiscal quien tramita el pedido de colaboración. No se puede permitir que el colaborador marque la pauta de la investigación. Eso no está permitido por las normas procesales. Si eso está ocurriendo dentro del Equipo Especial, quiero lamentar que la investigación siga una ruta de condicionamientos provenientes de los colaboradores.

El fiscal Rafael Vela señaló que los aspirantes comunicaron al fiscal Elmer Chirre que no van a colaborar.

Hubo otras experiencias en que la colaboración eficaz se ha manejado con un fiscal y el proceso principal con otro. En caso concreto, en el caso Chacas-San Luis y en el caso La Centralita hubo una experiencia parecida que funcionó bien y no hubo esta disputa. Lo que sí me parecería sumamente grave, y espero que eso no esté pasando, es que los fiscales estén dando algunas directivas a los aspirantes a colaboradores eficaces para condicionarlos a no declarar o no cooperar con el fiscal competente para esos dos casos. No quisiera ni pensar que eso esté ocurriendo, porque eso sí sería grave.

¿El aspirante guardó silencio como declaró el fiscal Vela?

Es verdad, y me consta que en la diligencia de toma de declaración testimonial programada por el fiscal Chirre, Elard Tejeda, representante Obrainsa, invocó su derecho a guardar silencio. Eso no es propio cuando se trata de testigo, porque el testigo está obligado a colaborar con la justicia, independientemente, de si es colaborador en otra instancia fiscal. Si eres colaborador o testigo en diferentes investigaciones y te cita el Ministerio Público, debes colaborar con la investigación.

Vela también afirmó en distintas entrevistas que el fiscal Chirre abrió indagación preliminar por el caso Lomas de Ilo contra los que resulten responsables en base a “recortes periodísticos” ¿Es así?

El tema de abrir una investigación preliminar con nombre propio o contra los que resulten responsables pasa por un criterio de estrategia de defensa que tenga preparado el fiscal. Es decir, no existe ninguna pauta procesal para que el fiscal tenga que abrir investigación preliminar estableciendo el nombre específico del investigado.

¿Por qué lo dice?

Uno, por experiencia, hay que mirar esto como parte de una estrategia de investigación por parte del doctor Elmer chirre. Dos, abrir una investigación preliminar contra los que resulten responsables a diferencia de una investigación preliminar que se abre con nombre propio, le permite al fiscal un mayor margen de maniobra para sus investigaciones porque no estará sujeto a las presiones de las defensas de los investigados cuando sus patrocinados ya estén con nombre propio en una investigación.

¿Chirre entonces no tendría presiones para sus indagaciones?

Sí, permite que realice actos de investigación sin sentirse presionado a diferencia de la investigación de Juárez que sin lugar a duda al abrir pesquisa con nombre propio lo único que ha hecho es el escenario ideal para que el procesado ejerza la defensa. Y he escuchado al doctor Rafael Vela que ese criterio habría sido con el único propósito de manifestar que el presidente tenga la oportunidad de defenderse.

¿Es algo irregular?

Eso me parece gravísimo porque un fiscal no puede abrir investigación pensando en los intereses de la defensa sino con el objetivo de buscar la verdad y esclarecer los hechos. Tendría todo el derecho de pensar que aquí la investigación que ha iniciado el fiscal Germán Juárez al presidente de la República está encaminada en generar un escenario de darle las mayores herramientas de defensa al investigado.

¿Las pugnas dañan la imagen del Ministerio Público?

A estas alturas, considero que debería intervenir de oficio la Oficina Desconcentrada de Control de Interno del Ministerio Público para investigar las responsabilidades funcionales de quienes están desconociendo las competencias naturales del fiscal anticorrupción.

¿Control Interno entonces debería abrirles proceso a los fiscales Vela y Juárez?

A tenor de lo dispuesto por la fiscal de la Nación, es evidentemente que habría una investigación arbitraria en marcha a cargo de Juárez. Eso implica responsabilidades funcionales y el órgano que tendría que tallar aquí de manera urgente es el órgano de control interno.

Distintos expertos han manifestado que las pugnas entre fiscales favorecen a los investigados...

Todo esto genera un riesgo para las investigaciones. Esto favorece a las defensas de los investigados porque mientras más irregularidades existan durante el trámite de la investigación, evidentemente, mayores razones jurídico-procesales habrán para poder invocarlas como argumento de defensa. Eso es lo que, lamentablemente se está generando. Por eso amerita de manera urgente que la institución adopte una decisión drástica de llamar al orden al fiscal que se aboca a una investigación, cuando no tiene las competencias para hacerlo.