Redacción Gestión

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recordó a los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del que hasta mañana 10 de febrero deben solicitar licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos al Congreso de la República o al Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2016.

Este organismo electoral precisó que las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito ante la entidad pública a la que pertenece, de acuerdo a lo que dispone el artículo 114 de la (LOE).

Posteriormente, el original o copia legalizada del cargo de la solicitud de licencia debe ser presentado ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento en que la organización política solicite la inscripción de la candidatura.

El señaló que de no cumplir esta disposición legal, los trabajadores y funcionarios estarán impedidos de postular al Congreso o al Parlamento Andino, puesto que así lo establece el artículo 114 de la LOE, agregando que la licencia debe serles concedida 60 días antes de la fecha de las elecciones (10 de abril).

El Supremo Tribunal Electoral recomendó tener en cuenta esta disposición al momento de solicitar la inscripción de sus listas ante los Especiales respectivos por cada distrito electoral, plazo que inició el pasado 21 de enero y vence mañana.