Redacción Gestión

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La es inconstitucional y podría ser observada por el Tribunal Constitucional (TC), ya que trasgrede una reciente sentencia de ese colegiado, señaló Diethell Columbus, experto en Gestión Pública.

"El problema se produce cuando la Ley de Presupuesto señala que el Estado está prohibido de efectuar cualquier incremento o nivelación de remuneraciones o beneficios de toda índole, bajo cualquier modalidad, mecanismo o fuente de financiamiento", explicó.

Ante esta situación, recordó que en años anteriores se interpuso una demanda de inconstitucionalidad y sentenció que son inconstitucionales aquellas Leyes Anuales de Presupuesto que restringen los incrementos remunerativos de los trabajadores del Sector Público.

Añadió que el TC reconoció que si bien la Constitución Política permite que el Congreso apruebe una Ley Anual de Presupuesto y, que a través de esta, se regulen los gastos al interior del propio Estado (incluyendo aquellos relacionados a gastos de personal), también es cierto que dichas limitaciones deben ser temporales y darse sólo en épocas de estancamiento económico.

"El TC basó su sentencia acogiendo los criterios del Comité de Libertades Sindicales de la OIT y por eso señaló que las limitaciones legales sobre temas de personal contendidas en las Leyes Anuales de Presupuesto no deberían superar los tres años consecutivos, caso contrario, estas limitaciones atentarían contra el ejercicio de otros derechos constitucionales", indicó.

Para Columbus, lo "curioso" de todo esto es que la Ley Anual de Presupuesto para el ejercicio 2016 repite de forma textual aquellas disposiciones que han sido declaradas como inconstitucionales en las mismas leyes anteriores.

"La aprobación de la Ley N° 30372, no hace más que desacatar la opinión vinculante y facultades que la propia Constitución le confiere a su máximo interprete (TC), situación que desde el punto de vista legal y de seguridad jurídica es más que reprochable", subrayó.

Añadió que la Ley de Presupuesto del Sector Público 2016 es el resquebrajamiento de la autoridad del TC y de las decisiones que este puede adoptar, situación que tranquilamente podría extrapolar sus alcances a otras decisiones recientemente emitidas por este tribunal.

"No entiendo que pasó con la aprobación de esta Ley o es que quizá no fueron notificados de la Sentencia del Tribunal Constitucional, difundida en más de una docena de medios de comunicación en el mes de setiembre de este año", finalizó Columbus.