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Keiko Fujimori

Juez de Investigación Preparatoria indicó que es idóneo el pedido pedido de prisión preventiva a contra , por el caso de lavado de activos y dictó 36 meses de prisión preventiva.

“Nadie inyecta dinero sin obtener un beneficio a cambio”, dijo el magistrado, al indicar sobre el dinero ilícito que recibió de Odebrecht al partido político de Keiko Fujimori en el 2011, para la campaña presidencial.

Concepción Carhuancho dijo que “en los chats se puso en manifiesto una estructura vertical de la organización", tras indicar que sería la líder.

Durante la sustentación del magistrado dijo que en esta cúpula está integrada por Keiko Fujimori, Ana Herz, Pier Figari y Vicente Silva Checa.

De la misma manera, el juez Richard Concepción mencionó que, otra de las evidencias es que la conducta dilatoria plasmada establece la probabilidad que la investigada puede dilatar la investigación.

"Es fuerte, intenso y alto el peligro de fuga (de Keiko Fujimori)", remarcó, debido a la influencia que como lideresa ejercía sobre el Congreso, así como las influencias presentadas por la presunta relación con César Hinostroza, así como los presuntos vínculos en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Peligro de obstaculización

En este aspecto, indicó que la testigo se sentía "intimidada" por la presencia de los vínculos del abogado que Fuerza Popular.

"Esto es obstaculización a la actividad probatoria, porque lo que se busca es que no se deponga, en el que se asesora lo que el testigo debe hacer", remarcó.

"Este tiene que ver con lo que hace Fuerza Popular, y ¿quién es la líder: Keiko Fujimori", expresó.

En general, el magistrado indicó que tres personas hicieron su cambio de versiones, con lo que se evidencia el peligro de obstaculización al proceso.

Otro de los aspecto que indicó que es un peligro a la obstaculización a la labor del fiscal José Domingo Pérez.

Prisión preventiva

El magistrado considera que el pedido de la prisión preventiva es acorde y tiene como finalidad evitar la obstaculización de la actividad probatoria.

"Cuando se perturba la fuente de prueba genera el peligro procesal", sostuvo.

Por ende, el magistrado considera que "es idóneo y no corresponde el arresto domiciliario", e indicó que, por ello le corresponde los 36 meses de prisión preventiva, dejando al Inpe la decisión la instalación penal donde se ubicará.