Redacción Gestión

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La Ley de organizaciones políticas señala, en el artículo 42 relacionado con la conducta prohibida en la propaganda política, que las organizaciones políticas, dentro de un marco electoral, están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos o dávivas u otros objetos de naturaleza económica.

Sin embargo, se conoció que el candidato César Acuña de Alianza por el Progreso, entregó dinero en efectivo (S/10,000) a los comerciantes del Mercado de Chosica para construir un muro de contención.

"Estos hechos de aparente entrega de dinero se han realizado en fecha próxima (en que se publicó la ley) ya cuando ha estado vigente esta norma. Estas dádivas se están dando ya en el marco de la vigencia de la norma que prohíbe la entrega de dinero", indicó Manuel Miranda, presidente del Jurado Electoral Especial Lima centro 1 en Canal N.

En ese sentido, señaló que ya se están iniciando las investigaciones preliminares de oficio a fin de indagar si se ha concretado la entrega de dádivas, que constituyen dentro de la ley de partidos políticos modificadas un supuesto de exclusión del candidato.

Por su parte, el candidato César Acuña, insistió en que la ley 30414 no aplica para este proceso.

"Nadie vende su conciencia, eso es faltar el respeto al pueblo. Esta es mi vida: ayudar a la gente que necesite. No es la primera vez, pero lo más importante, la ley 30414 para este proceso no se aplica. Ha sido una ayuda humanitaria y espero que eso se resalte. la ley no me prohíbe subvenciones", refirió.