Redacción Gestión

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Durante el 2013, la Comisión Calificadora de Otorgamiento de Beneficio de Recompensas solicitó al el desembolso de recompensas por un total de S/. 3'190,000 a favor de ciudadanos que decidieron colaborar con la captura de miembros de , organizaciones terroristas y responsables de delitos de alta lesividad.

Teniendo en cuenta la colaboración de diversos ciudadanos y el aumento de la inseguridad en el Perú, el Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República un proyecto de Ley que regula el beneficio de recompensas para promover y lograr la captura de delincuentes y terroristas.

La propuesta busca establecer la figura del ciudadano colaborador, que es aquel que brinda información útil para la captura de los delincuentes y terroristas.

Sin embargo, se plantea que estarán excluidos del beneficio de la recompensa a los miembros de los Consejos Evaluadores de Recompensas que crea este proyecto, miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en situación de actividad, disponibilidad y retiro; los funcionarios, directivos y servidores comprendidos en la Ley del Servicio Civil, magistrados del Ministerio Público y del , así como el personal administrativo de ambas instituciones.

Tampoco se otorgará el beneficio a quienes se acojan al proceso de colaboración eficaz; los autores o partícipes de los delitos de alta lesividad; así como a los cónyuges, concubinos y familiares hasta segundo grado de los sujetos involucrados en los actos delictivos.

La Policía Nacional, a través del Director Nacional de Operaciones Policiales, se encargará de presentar los expedientes de recompensas ante los Consejo Evaluadores de Recompensas. Mientras que las Fuerzas Armadas, a través del Jefe del Comando Conjunto, podrá formular propuestas de recompensas, únicamente ante el Consejo Evaluador contra el Terrorismo.

Los ministerios del Interior y de Defensa, conforme lo determine el Consejo Evaluador respectivo, son responsables de efectuar los pagos de recompensas y de informar de dichos pagos al consejo.

Por su parte, el reglamento de esta ley deberá desarrollar las etapas, plazos, montos máximos y niveles de las recompensas, así como los delitos materia de evaluación por parte del Consejo de Evaluación de Recompensas contra la Criminalidad.

Justamente, el proyecto de ley plantea crear dos tipos de Consejos Evaluadores de Recompensas, uno es el Consejo Evaluador de Recompensar contra el Terrorismo, competente para evaluar los casos de terrorismo, y el Consejo Evaluador de Recompensas contra la Criminalidad, que tiene competencia para evaluar los casos relacionados a la criminalidad organizada y delitos de alta lesividad.

La conformación de los consejos evaluadores será establecida en el reglamento de la ley, y podrán contar con una secretaría técnica.

El reglamento de esta futura ley deberá ser elaborado en un plazo máximo de 60 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la norma y mediante decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros. Dicho reglamento deberá ser refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y los ministros de Justicia y Derechos Humanos, de Defensa, y de Economía y Finanzas.

Solo en el 2012, se desembolsó S/. 2'430,000 en recompensas entre enero y julio de ese año, luego hasta diciembre se gastaron S/. 3'640,000 adicionales.