(Foto: Andina)
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El magistrado del Tribunal Constitucional, Eloy Espinosa-Saldaña, aclaró que es una decisión política de las diferentes fuerzas pretender una ley fundamental sobre la que se rige el derecho, la justicia y las normas del país y que “nunca una Constitución dice que se disuelve para convocar a una Asamblea Constituyente”.

Nunca una Constitución va a decir –que la hubo en 1828 que dijo que duraría cinco años y después ven si la convalidan; obviamente hicieron una nueva- que se disuelve y convoca una Asamblea Constituyente”, reiteró.

Relevó que para conseguir que un grupo del Pleno se dedique exclusivamente a elaborar una Constitución o una Asamblea Constituyente, tiene que haber un pacto político sólido.

No basta que haya una fuerza o dos porque lo que se necesita es un consenso generalizado. Primero; para hacerla o convocarla. Segundo; para ponerse de acuerdo en el texto”, manifestó.

Si ese texto se quiere ratificar por referéndum, como ya se ha hecho en el Perú, no es tarea fácil porque si se está de acuerdo con todo menos con tal artículo, van haber votos en contra. El referéndum se utiliza cuando se ha tenido un escenario de gran consenso para armar el texto y ratificarlo”, añadió.

De otro lado, el magistrado interpretó que la propuesta del candidato Pedro Castillo “es plantear una reforma constitucional en la cual sus magistrados no sean elegidos por el Congreso o como plantea una congresista recién electa que sean nombrados por una mezcla de instituciones. Lo que entiendo es que el candidato presidencial propone es un sistema como el boliviano que elige al TC a través del voto popular. Esto ilusiona a algunos peruanos, pero hay que tener cuidado porque para hacer una campaña nacional o regional se requiere mucho recurso y apoyo. Y lo que mas lejos debe estar un magistrado es del compromiso con el poder político, económico o social para hacer una labor con imparcialidad”, señaló.

-La alternativa ante un intempestivo cierre del Congreso-

En tanto que el constitucionalista Luciano López explicó -en diálogo con RPP Noticias- los mecanismos ya establecidos por la actual Carta Magna para su reforma total y parcial.

Ello a raíz de las recientes declaraciones de la representante de Perú Libre, Zaira Arias, que en diálogo con este medio aseveró que de llegar al poder “en un plazo no mayor de seis meses Pedro Castillo va a convocar a la Asamblea Constituyente, lo que automáticamente va a disolver el Congreso y solo quedaría la Mesa Permanente, para dar paso a los asambleístas para redactar la nueva Constitución” (citando sus palabras).

Lo que plantea Arias es un golpe de Estado tal como lo hizo Fujimori en los 90, ya que -lo que sostiene- no está escrito en ninguna parte de la actual Constitución política”, subrayó el letrado.

En ese sentido, dijo que el articulo 32.1 de la Carta Magna precisa que puede someterse a referéndum la reforma total o parcial de la Constitución, para lo cual se adquiere el ‘kit’ electoral ante la ONPE y se recoge las firmas del 10% de peruanos, del último padrón electoral, que son 2.5 millones con lo que se respaldaría la iniciativa.

No hay otro camino adicional para cambiar la Constitución. Lo demás sería un golpe de Estado”, reiteró.

Indicó, además, que si en un eventual gobierno de Pedro Castillo se pretender disolver el Congreso fuera de los causes constitucionales, el artículo 117 de la Carta Magna establece que le presidente puede ser destituido en juicio político.

El especialista recordó que ante estas circunstancias y propuestas es fundamental el Tribunal Constitucional, cuya reforma -opinó- no debería estar en manos del parlamento.

Ante la actual situación dijo que ‘un seguro’ para evitar golpes de Estado podría provenir del actual parlamento realizando algunos cambios en la forma en la que se elige al actual Tribunal Constitucional.