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                                  Los funcionarios no pueden interferir en la libertad de sufragio, direccionar el voto y efectuar propaganda a favor o en contra de algún candidato
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                                  JNE recordó que la exigencia de neutralidad electoral está vigente desde el 27 de marzo. (Foto: JNE)

                                  Redacción Gestión

                                  Actualizado el 30/03/2025, 11:06 a.m.

                                  El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) exhortó a los funcionarios públicos y entidades estatales que cumplan con las normas de neutralidad electoral que están vigentes tras la convocatoria a las elecciones generales para el próximo domingo 12 de abril del 2026.

                                  A través de un comunicado publicado el último sábado, el organismo electoral recordó que la normativa está vigente desde el pasado jueves, un día después de la publicación del decreto supremo que convoca a los comicios del próximo año en el Diario Oficial El Peruano.

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                                  “No pueden interferir en la libertad de sufragio, direccionar el voto y efectuar propaganda a favor o en contra de algún candidato, entre otras prohibiciones”, enfatizó el JNE.

                                  El organismo advirtió que las autoridades, funcionarios y servidores de entidades públicas y sus dependencias deberán abstenerse de interferir en la libertad de sufragio o direccionar el voto de sus subordinados.

                                  Tampoco podrán efectuar propaganda a favor de algún candidato o agrupación política.

                                  Los funcionarios que sean candidatos también deberán evitar realizar proselitismo político en la inauguración e inspección de obras públicas, así como repartir bienes adquiridos con dinero del Estado o como producto de donaciones de terceros al gobierno central.

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                                  ¿Cuáles son las multas por infringir la neutralidad electoral?

                                  De no cumplir con las normas de neutralidad electoral, el JNE informó que la Dirección Central de Gestión Institucional (DCGI) de la institución dispondrá la remisión de los actuados al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y a la entidad de la que forma parte para que actúen según sus competencias.

                                  En caso que el funcionario bajo investigación sea también candidato, en un primer momento se ordena la abstención de incurrir en otra falta.

                                  Si reincide, se impone amonestación pública y se multa a la organización política que lo postula por un monto que oscila entre las 30 UIT (S/ 160,500) y 100 UIT (S/ 535,000). Se envía el expediente a la Contraloría y a la institución a la que pertenece quien infringe las normas.

                                  Una vez instalados los Jurados Electorales Especiales (JEE), serán la primera instancia para resolver este tipo de denuncias por proselitismo. En caso de apelación, el pleno del JNE será la segunda y definitiva instancia final.

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                                  JNE

                                  Neutralidad electoral

                                  Ministerio Público

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