El JEE de Lima Centro 2 declaró improcedente el recurso presentado por el Partido Aprista Peruano.  (Foto: Archivo GEC)
El JEE de Lima Centro 2 declaró improcedente el recurso presentado por el Partido Aprista Peruano. (Foto: Archivo GEC)

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente la solicitud del Partido Aprista Peruano para terminar de inscribir sus listas de candidatos para el Congreso de la República en el marco de las Elecciones Generales 2021.

“Declarar improcedente la solicitud de apertura del sistema Declara con la finalidad de dar por culminada la inscripción de lista de candidatos para el Congreso de la República de la organización política Partido Aprista Peruano”, señala la resolución.

El JEE detalla que existió “un plazo razonable” para que las agrupaciones políticas puedan realizar la inscripción de sus listas de candidatos, por lo que -considera- no se “actuó de manera diligente ni oportuna”.

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“La solicitud de inscripción se presenta, obligatoriamente de manera no presencial, generando el expediente electrónico a través del SIJE-E. La funcionalidad para registrar la solicitud de inscripción estará habilitada hasta las 24:00 horas de la fecha límite para presentar tales solicitudes; esto fue, hasta el 22 de diciembre último”, indica el documento.

Sin embargo, también debe precisarse que las organizaciones políticas podían solicitar la inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República a partir de la publicación del resultado de elecciones internas organizadas por la ONPE, por lo que, habiendo tenido un plazo razonable para cumplir con el ingreso de la lista de candidatos, se concluye que no actuó de manera diligente ni oportuna”, agrega.

Explica también que el expediente del Partido Aprista “no se habría generado en el sistema como solicitud de inscripción”, por lo que no es “exacta la afirmación del personero legal, en el sentido que estaba por concluir el proceso de solicitud de inscripción en el SIJE-E”.

Según precisa el JEE, el sistema genera un número de expediente cuando se concluye con el ingreso de datos de los candidatos, algo que no ha pasado en el caso del Apra, ya que el expediente de la agrupación política figura en condición de borrador.

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Finalmente, advierte que admitir el pedido del personero del partido, “implicaría trastocar el cronograma electoral” aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones.

El martes 22 de diciembre venció el plazo para la inscripción de candidatos a la Presidencia, Congreso de la República y Parlamento Andino. En el caso del Partido Aprista, la plataforma del Jurado Nacional de Elecciones solo registra la solicitud de inscripción de las listas congresales en tres circunscripciones: Arequipa, Junín y peruanos en el extranjero.

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