La PCM ha destinado 13 millones de soles en enero y febrero, antes de la llegada de Salvador del Solar. (Foto: GEC)
La PCM ha destinado 13 millones de soles en enero y febrero, antes de la llegada de Salvador del Solar. (Foto: GEC)

El Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicó un nuevo reglamento para la gestión de intereses, entendida como la actividad mediante la cual personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, promueven sus puntos de vista en el proceso de decisión pública.

Así, esta norma derogó el anterior reglamento y las sanciones aplicables a los gestores de intereses que podían ser multados hasta con 50 UIT por actuar como gestores sin estar inscritos en el registro correspondiente, entre otros.

Transparencia

Ahora, el nuevo reglamento establece que los funcionarios con capacidad de decisión pública son responsables de registrar los actos de gestión de intereses.

La máxima autoridad administrativa de cada entidad identifica a los funcionarios públicos con capacidad de decisión pública para efectos del registro de la sumilla de los actos de gestión de intereses.

En caso de que la entidad no cuente con las herramientas informáticas necesarias para el cumplimiento de dicha labor, la lista debe ser enviada a la Secretaría de Integridad Pública de la, de conformidad con el procedimiento que esta determine, y publicada en el Portal de Transparencia Estándar de la respectiva entidad.

Sanciones no eliminadas

Los funcionarios con capacidad de decisión pública que incurran en el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la ley, en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios que correspondan, son pasibles de las acciones y sanciones establecidas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y normas especiales, sin perjuicio de las acciones civiles y penales aplicables, así como de las acciones y sanciones que recomienden los órganos del Sistema Nacional de Control.

Cifras y Datos

1. Registro en línea. Brindará información sobre fecha, identificación, motivo, funcionario, lugar de visita, hora de ingreso y salida.

2. Agenda oficial. Son administradas por las entidades públicas a través de la plataforma del Registro de Agendas Oficiales.

3. Excepción. No son gestión de intereses las visitas en actos protocolares y otros.

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