(Foto: USI)
(Foto: USI)

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria del Poder Judicial aprobó el pedido de 18 meses de prisión preventiva contra el exintegrante del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) Julio Gutiérrez Pebe.

La audiencia se llevó a cabo en la sede del Palacio de Justicia. Gutiérrez Pebe es investigado por el presunto delito de cohecho pasivo. El fiscal supremo Jesús Fernández Alarcón había solicitado la prisión preventiva como medida cautelar.

Durante la audiencia el representante del Ministerio Público presentó una serie se audios para evidenciar el presunto favorecimiento para el nombramiento del fiscal Armando Mamani Hinojoza, coordinado entre Gutiérrez Pebe y el exjuez Walter Ríos.

Según la tesis fiscal, el favor del nombramiento del postulante Armando Mamani se realizó a cambio de que Walter Ríos intervenga en un caso vinculado a la Empresa Nacional de Puertos (Enapu), sobre la que Gutiérrez Pebe tendría interés.

En uno de los audios Julio Gutiérrez Pebe le cuenta a Walter Ríos que su "encargo" se había concretado: favorecer a uno de los postulantes a una plaza fiscal "para que salte del tercer lugar al segundo", en desmedro de otra postulante.

"Si tú supieras este… lo que he hecho Walter. Me he tumbado a la segunda hermano, y era una titular hermano […]. Y yo era el ponente de la segunda y le saqué el alma hermano, sino ¿cómo justificaba que el tercero suba al segundo hermano?", se le escucha decir al exconsejero en el audio.

En el mismo audio Gutiérrez Pebe le pide a Ríos que intervenga en un proceso judicial vinculado a Enapu en el cual tiene relación su esposa. El expresidente de la Corte Superior del Callao asiente a su pedido y señala que indagará el estado de este caso.

A inicios de octubre, el pleno del Congreso de la República aprobó la destitución e inhabilitación en la función pública para los exconsejeros Iván Noguera, Guido Aguila, Julio Gutiérrez Pebe y Orlando Velásquez.

Para el exconsejero Gutiérrez Pebe se aprobó, con 25 votos favor, destituirlo e inhabilitarlo en el ejercicio de cargos públicos por diez años.