(Foto: USI)
(Foto: USI)

Como parte de las medidas anunciadas por el jefe de Estado, Martín Vizcarra, para la reforma judicial en su mensaje a la Nación, ante la emisión de diversos audios que destaparon presuntos actos de corrupción promovidos, el Gobierno presentó una propuesta legislativa que tiene meta incentivar la probidad en el ejercicio de la .

En concreto, la propuesta – de ser aprobada por el parlamento – le brinda al ciudadano hasta seis alternativas para denunciar la inconducta de un abogado tanto público como privado. Así, de ocurrir una inconducta los ciudadanos tendrán derecho a denunciarlo ante el Indecopi por infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.

También por la vía civil, específicamente ante el Poder Judicial por daños y perjuicios; por vía arbitral, cuando corresponda; por vía penal, por la comisión de un delito; por vía laboral y/o por vías disciplinaria, ante el gremio profesional correspondientes por cualquier transgresión al Código de Ética del abogado.

Otra de las novedades que incluye esta propuesta legislativa, es que los planes de estudios de las programas de Derecho de pre y postgrado deberán incluir, de manera específica y transversal, contenidos referidos a la ética y a la responsabilidad profesional de los abogados.

Así como la instalación de un comité, oficina o el nombramiento de un responsable encargado de promover y difundir al interior de estos programas los valores, principios, normas y buenas prácticas del ejercicio responsable de la .

Exigiéndose la capacitación, de manera continua, a todos sus docentes en temas de ética y responsabilidad profesional así como implementar medidas que garanticen la transversalidad de los contenidos éticos en la formación universitaria.

Esta exigencias, indica la propuesta de Vizcarra, deberán ser consideraras en el procedimiento de licenciamiento a cargo de la Sunedu y en la acreditación a cargo del Sineace.

La propuesta también indica que la incluya en todos sus programas académicos contenidos referidos al ejercicio de la potestad sancionadora que ostentan los jueces para desincentivar la inconducta profesional, promover la integridad y las buenas prácticas en el ejercicio profesional del abogado.

Asimismo, plantea que los Colegios de Abogados evalúen de manera exhaustiva el conocimiento que tienen los profesionales que desean incorporarse al gremio sobre los valores, principios, normas y buenas prácticas del ejercicio responsable de la profesión del abogado, los cuales están plasmados en el Código de Ética.

Para cumplir dicha función, los podrán incluir como requisito para la colegiación medidas como la aprobación de un examen de suficiencia, la participación en un curso especializado y/u otros mecanismos que acrediten fehacientemente dicho conocimiento.

La propuesta también indica que los Colegios de Abogados deben garantizar que las denuncias contra los abogados, tramitadas a solicitud de parte o de oficio, se resuelvan de manera expeditiva y especializada.

Para ello, deben contar con el número necesario de comisiones, secretarías, tribunales u otros órganos y que éstos estén conformados por profesionales de diversas especialidades o áreas de desempeño profesional, con conocimientos en temas de ética y responsabilidad profesional, así como que gocen de autonomía en sus funciones y estabilidad.

Así, cuando la participación de un abogado en una conducta cuestionable se convierte en un hecho público, y siempre que dicha conducta se hubiera realizado en el ejercicio profesional, los órganos de disciplina de los Colegios de Abogados están obligados a iniciar una investigación disciplinaria en un plazo no mayor de 15 días.

La falta de inicio de dicha investigación disciplinaria en ese plazo o su dilación injustificada determina la responsabilidad de las personas encargadas. Los deben capacitar permanentemente a los integrantes de los órganos de promoción y disciplina, para lo cual pueden establecer alianzas con universidades o entidades privadas.

TAGS RELACIONADOS