Redacción Gestión

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La Corte Suprema ya tomó su decisión, hace pocos días, respecto a la disputa que mantenían la Embajada de Perú en Chile y Cooperativa Capel por el uso de la palabra Pisco.

Según un artículo del diario chileno La Tercera, en 2014 la empresa pisquera inscribió ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) las marcas "Círculo del Pisco" y "La Cofradía del Pisco".

Ante esta decisión de Capel, la embajada peruana presentó una impugnación ante dicho organismo por el uso de la palabra Pisco, porque a su juicio se vulneraba la denominación de origen establecida por Perú.

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Pero el pedido de impugnación no terminó ahí, la embajada peruana presentó un recurso ante la Corte Suprema de Chile. Y tras siete meses este tribunal emitió un fallo definitivo rechazando el pedido de la embajada peruana.

La fiscal de la empresa Capel, Jimena Muñoz, aseguró que el conflicto fue zanjado en una resolución "que favorece a un producto chileno y no a la posición peruana, que estaba planteando una extraterritorialidad de la Ley peruana para ser aplicada en Chile", de acuerdo al medio chileno.

De esta manera, el pedido de impugnación termina tras la decisión del tribunal "porque una vez que la Corte Suprema se pronuncia no hay más tribunal donde recurrir. Nos sentimos tremendamente satisfechos porque la Corte Suprema de manera tajante y sin dar lugar a ningún tipo de duda confirmo que la denominación de origen de la palabra pisco corresponde a un patrimonio que es chileno. Ahora esperamos que en los próximos días también la corte haga lo mismo con la otra marca (La Cofradía del Pisco)", afirmó Muñoz.

Según declaraciones al diario chileno, el gerente de la Asociación de Productores de Pisco, Claudio Escobar, destacó la noticia y valoró además el trabajo que se ha desarrollado con las autoridades de su país: "Con todo este trabajo, creemos que estamos en el camino correcto para llegar al tan anhelado reconocimiento por parte del Estado de Chile, de la Titularidad de la Denominación de Origen Pisco", afirmó.

EL DATO – El 23 de abril de 2014 el Inapi emitió su fallo a favor de la empresa chilena.

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