Las actividades en el Ministerio Público continuarán suspendidas hasta el 12 de abril de 2020. (Foto: GEC)
Las actividades en el Ministerio Público continuarán suspendidas hasta el 12 de abril de 2020. (Foto: GEC)

El Ministerio Público anunció la extensión de la suspensión de sus labores y actividades hasta el 12 de abril, en marco del estado de emergencia nacional por el brote de coronavirus (COVID-19) en el Perú.

La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 593-2020-MP-FN modifica la anterior Resolución N° 588-2020-MP-FN, según fue publicado hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

La modificación alcanza al artículo primero en el extremo referido a que las labores y actividades en el Ministerio Público continuarán suspendidas, hasta el 12 de abril de 2020.

Se exceptúa al personal fiscal y administrativo que ejerza funciones en las Fiscalías Provinciales Penales y Fiscalías Provinciales de Familia de Turno y Pos Turno Fiscal; así como, de las Fiscalías de Especializadas que realicen turno permanente a nivel nacional, con excepción de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio.

Además, precisa que los demás artículos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 588-2020-MP-FN se mantienen vigentes durante la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional.

La norma, firmada por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, dicta disposiciones internas que aseguran el adecuado acceso y prestación de los servicios brindados por el Ministerio Público.

La disposición se efectúa en marco de la emergencia sanitaria nacional a causa de la propagación del coronavirus. Por ello, el Gobierno peruano dispuso el aislamiento social obligatorio por 15 días.

Después, el 27 de marzo de 2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado por 13 días calendario más, a partir del 31 de marzo de 2020, informó Andina.