(Foto: USI)
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Ante la decisión del (JEE) de Lima Centro, que declaró improcedente la inscripción de la lista presentada por para la alcaldía de Lima, el Instituto Peruano de Derecho Electoral explicó que el candidato puede apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) este fallo.

"Lo resuelto en primera instancia por un primer juez electoral puede ser revisable ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en todo ámbito electoral existe este principio", indicó Jorge Jáuregui, en RPP.

Recordó que el fallo del(JEE) Lima Centro sobre la inscripción de Cornejo, está relacionada con que su organización política no realizó democracia interna con órganos legitimados.

Bajo esa premisa, estimó que no tendría mayor espacio para reclamar porque está de por medio la infracción a la democracia interna que es causal de improcedencia.

A través de una resolución publicada en el portal del JNE, se precisó que dicho grupo partidario “no ha respetado el procedimiento preestablecido” en su estatuto.

La resolución del refiere que el Comité Electoral Nacional (COEN) de Democracia Directa “carece de legitimidad” por no haber sido elegido en cuatro años, plazo considerado “en demasía” por el órgano electoral.

Asimismo, sostiene que, si bien hubo una excepción para la elección de los cargos directivos, esta no alcanzaba “a la elección interna de candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales 2018”.