Pleno del Congreso aprobó modificatoria de diversos artículos de la Ley Orgánica del JNE. (Foto: GEC)
Pleno del Congreso aprobó modificatoria de diversos artículos de la Ley Orgánica del JNE. (Foto: GEC)

El pleno del Congreso de la República aprobó modificar diversos artículos de la Ley 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a fin de garantizar su funcionamiento al término del mandato de sus miembros titulares.

De este modo, por 97 votos a favor, 8 en contra y 4 abstenciones, la representación nacional dio el visto bueno al de los proyectos de ley 2938, 6171, 6191 y 6228.

Se trata de un dictamen aprobado por la Comisión de Constitución y Reglamento el pasado 9 de marzo. Asimismo, por 96 votos a favor, 8 en contra y 5 abstenciones se exoneró el texto de segunda votación.

El documento enfatiza que la necesidad de que el JNE desarrolle sus funciones de manera continua y permanente “resulta vital” si se quiere dotar de garantía a los procesos electorales y a los trámites de inscripción que realizan las organizaciones durante y fuera de los procesos electorales convocados.

Con la norma aprobada “se dota al JNE de una herramienta fundamental para ‘autocomponerse’ en los casos en que el período de mandato de alguno de sus miembros se haya cumplido pero no se encuentre disponible su sucesor”.

“Al preverse la continuidad en el cargo con la asunción de su primer suplente mientras no se nombre su sucesor titular, se logra dotar de integridad al funcionamiento del Pleno, de forma tal que no generen ‘vacíos’ o ‘huecos’ en su conformación de cinco miembros, garantizando siempre el quorum máximo para la toma de decisiones, lo que a su vez garantiza que estas decisiones gocen de mayor legitimidad y credibilidad ante los administrados”, precisó.

Se trata de una figura que existe en otras instituciones como el Tribunal Constitucional. Seis de los siete magistrados del TC tienen su mandato vencido desde junio del 2019, pero se mantienen en su cargo debido a que el Congreso aún no designa a sus reemplazos.