Expresidente Alberto Fujimori es uno de los acusados por la matanza de seis campesinos en Pativilca en 1992. (Foto: GEC)
Expresidente Alberto Fujimori es uno de los acusados por la matanza de seis campesinos en Pativilca en 1992. (Foto: GEC)

La Sala Penal Nacional dejó al voto su decisión respecto a si el Caso Pativilca pasará a juicio oral, luego de la acusación de la Fiscalía contra el expresidente Alberto Fujimori y otros por la matanza perpetrada en 1992.

Según informó el diario 'El Comercio', durante la audiencia, el tribunal escuchó la posición de las partes a fin de emitir auto de acusación por presunto homicidio y otros delitos. Los hechos involucran a 24 procesados, entre ellos miembros del grupo Colina.

La Fiscalía ha solicitado 25 años de prisión contra el exmandatario. La semana pasada la Corte Suprema confirmó la resolución que declaró inaplicable el derecho de gracia otorgado al exmandatario y dispuso que el proceso por la matanza en Pativilca siga su curso.

En diciembre del 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) otorgó un indulto humanitario y gracia presidencial para Fujimori. Esto último lo extrajo de procesos como el de Pativilca, en donde es sindicado como autor mediato del asesinato de seis campesinos.

En los considerandos, la Sala Penal Transitoria refiere que no se concurren algunos “requisitos necesarios para el otorgamiento” de la gracia con la que fue favorecido Alberto Fujimori, como, por ejemplo, el tiempo de plazo de instrucción requerido.

“Solo puede computarse el plazo para conceder la gracia presidencial desde que la Corte Suprema de Justicia de Chile accedió al pedido de ampliación de extradición [por el Caso Pativilca] […], esto es, desde el 5 de junio del 2017”, se lee en la resolución.

A juicio de los cinco magistrados que integran la Sala Penal Transitoria, "admitir el cómputo del plazo desde una fecha anterior significaría incumplir" el tratado de extradición suscrito con Chile.

Por ello, se determina que desde la aprobación de la ampliación de extradición hasta la resolución que le otorga la gracia presidencial "no transcurrieron los 24 meses necesarios para otorgar dicho derecho".

Además de ello, la sala remarca que en la Resolución Suprema N°281-2017-JUS, con la que se otorgó el beneficio a Alberto Fujimori, “tampoco se indica cuáles son los motivos humanitarios por lo que se concedió la gracia presidencial”.

En consecuencia, la Sala Penal Transitoria señaló que el Colegiado B de la Sala Penal Nacional, la primera instancia que revisó este tema, “correctamente inaplicó la gracia presidencial otorgada por razones humanitarias al procesado Alberto Fujimori”.