El registro de la información sobre las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas es importante para fortalecer la transparencia en el uso de los recursos públicos. (Foto: Andina)
El registro de la información sobre las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas es importante para fortalecer la transparencia en el uso de los recursos públicos. (Foto: Andina)

De acuerdo a un comunicado emitido por el , se detectó que entidades públicas habrían incurrido en la omisión de registrar en el información sobre la totalidad de las órdenes de compra o servicios emitidas, incluyendo las que fueron anuladas.

De acuerdo a la OSCE, un total de 392 entidades públicas omitieron este procedimiento durante un periodo comprendido del 1 de agosto al 30 de noviembre del 2022.

Estas entidades se encuentran incluidas en el padrón disponible en la del organismo regulador y cuentan con 10 días hábiles a partir del 3 de enero del 2023 para subsanar estas omisiones incurridas.

En caso de aquellas entidades no cumplan con la debida subsanasión, se dispondrá el inicio de las acciones reguladas en la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD; por lo que se hará de conocimiento del titular de la entidad respectiva, además de ser reportadas al Sistema Nacional de Control para que se adopten las medidas correctivas y las acciones correspondientes.

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El registro de la información sobre las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas es importante para fortalecer la transparencia en el uso de los recursos públicos que se invierten para cumplir los fines, metas y objetivos institucionales.

Estos datos se deben registrar correspondientemente por la entidad contratante, sumado al monto contratado, certificación de crédito presupuestario y/o la previsión de recursos, así como el registro administrativo de su ejecución presupuestal, datos del contratista, fecha de emisión de la orden, descripción del objeto materia de contratación, entre otros.

La acción de supervisión realizada por el OSCE se efectuó conforme al artículo 52 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y a la referida directiva, que regula las “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE”.