Ante las recientes declaraciones del procurador anticorrupción Amado Enco, el abogado del expresidente Alberto Fujimori, Miguel Pérez Arroyo, aseguró que la intención de su cliente es pagar el íntegro de la reparación civil; sin embargo, dijo que se deben dejar de lado posiciones “extremas”.

¿Cómo están las conversaciones con la Procuraduría por el pago de la reparación civil que debe su cliente?
El señor Enco tiene una posición sumamente rígida en función a lo que significa un pago de reparación civil voluntario, y esto se ha tenido que suspender debido a los problemas de salud que ha tenido el presidente esta semana.

¿Hay un acuerdo preliminar?
La reunión que sostuve con él (Enco) fue la semana pasada. Le ofrecí un acuerdo de conciliación para que se pudiera establecer una lógica porcentual máxima ante lo que significa los ingresos del señor Fujimori. Hay posiciones que todavía tenemos que acercarlas y hacerlas más compatibles.

¿En qué se basa ese acuerdo ?
La posición de la defensa es destinar al pago de la reparación civil, como máximo, hasta un 15% o 20% de los ingresos del señor Fujimori, toda vez que este tiene obligaciones que cubrir, en función a que el sueldo que recibe, de la universidad (Agraria)y el Estado, por el hecho de haber sido presidente, constituyen remuneraciones honoríficas.

¿Cómo piensan hacer los pagos a la Procuraduría?
La oferta del señor Fujimori es destinar hasta un 20% de sus ingresos a la reparación civil, mediante embargos todos los meses, pero no fue aceptado por el procurador Enco, ya que este tiene una visión distinta.

¿Este embargo se efectuaría al monto de su pensión o de su liquidación ?
El embargo se produce sobre los montos totales; es decir, de la remuneración mensual de Fujimori, de sus ingresos, acumulados, devengados, de lo que sea.

El procurador Enco busca embargar la liquidación de la pensión que recibiría Fujimori del Congreso y que asciende a S/ 3 millones. ¿Planteará alguna medida?
Hay un error fundamental en la apreciación que tiene el señor Enco. Su tesis es que, en la medida que ese dinero constituye acumulados o devengados, son ahorros y como tal pueden ser embargados al 100%, pero no es así.

¿Por qué lo dice?
La ley dice que, sobre encima de las cinco unidades de referencia procesal, solamente se puede embargar hasta el 30%. El procurador piensa que el dinero, al ser acumulado o devengado, deja de tener contenido salarial, sino más bien tiene una suerte de ahorros o de utilidad, pero esa interpretación no es correcta, ni se acerca al espíritu de la norma.

El presidente del Poder Judicial informó que si el recurso de nulidad contra el fallo del caso Pativilca se presenta este mes, tal como ocurrió, lo vería la sala que preside César San Martín ¿Qué le parece?
Los jueces (de esa sala) saben perfectamente cuáles son sus deberes y funciones. No habría que decirles nada, en medida que son personas sumamente ilustradas y conocen perfectamente la lógica de inhibición que se podría dar, debido a los casos que ellos pudieran haber visto anteriormente relacionados al señor Fujimori.

¿No le preocupa que el juez que condenó en el pasado a su cliente decida nuevamente su destino?
No tengo ninguna preocupación en ese sentido. Estamos en otros tiempos, no es el mismo caso y no es la misma materia sobre la cual habría que discutir.

¿Si San Martín no se inhibe de ver este caso, usted solicitará formalmente que lo haga?
Habría que ver el caso específicamente, pero no podríamos decir claramente ahora cuál es la situación en la que nos vamos a mover, o si lo solicitaremos. No se puede especular al respecto.