Tras la publicación del Decreto Supremo, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) coordinó con los cuatros operadores móviles la implementación de la norma, la cual determina el bloqueo de los aplicativos o páginas web que ofrecen el servicio de transporte en motocicletas y motos con sidecar (vehículo de una rueda enganchado al costado de una motocicleta).

La viceministra de Comunicaciones, Virginia Nakagawa, se reunió con los representantes de las cuatro empresas a fin de fortalecer el cumplimiento de la normativa que busca la seguridad de las personas.

Además de evitar que se realicen actividades establecidas como prohibidas por norma específica, en este caso la prestación de servicios de taxi, en motos lineales.

Virginia Nakagawa detalló que la reunión fue positiva, debido a que las empresas mostraron su compromiso en respaldar los objetivos de la norma en el menor tiempo posible, identificando los requerimientos técnicos necesarios para proceder dicho bloqueo.

“También la metodología dinámica que se va a implementar ya que la tecnología permite que las direcciones IP sean dinámicas, lo que nos conlleva a que se deba contar con un monitoreo casi permanente que identifique las diferentes direcciones IP así como su bloqueo efectivo. Esto significa que la eliminación de dichos aplicativos va a ser una tarea permanente y progresiva”, sostuvo la funcionaria.

La viceministra de Comunicaciones resaltó la importancia de la tecnología para mejorar el bienestar y productividad de la ciudadanía, pero no para realizar actividades que exponen la integridad, seguridad y vida de las personas.

“Sin duda, tanto el sector público, como privado trabajamos para reforzar la seguridad de todos los peruanos”, comentó.

Agregó que “los operadores móviles ya fueron notificados y empezarán con los bloqueos de las páginas y aplicativos, a fin de cumplir con la medida dispuesta, apenas se cuente con el primer bloque de direcciones IP identificadas. Ello es importante tener en cuenta ya que los aplicativos seguramente migrarán hacia otras direcciones IP, pero las detectaremos y bloquearemos, en forma permanente y sostenida”.

De acuerdo con el Decreto Supremo, tras un plazo de 30 días hábiles, el MTC fiscalizará si las restricciones se realizaron de manera adecuada, de lo contrario, el sector está en la potestad de aplicar una sanción que llegaría hasta 350 Unidades Impositivas Tributarias (UITs).

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