La autorización para el uso de lunas polarizadas es emitida por el Mininter, a través de la Policía Nacional. (Foto: GEC)
La autorización para el uso de lunas polarizadas es emitida por el Mininter, a través de la Policía Nacional. (Foto: GEC)

El Ministerio del Interior (Mininter) aprobó una actualización de las disposiciones y requisitos para la autorización de uso total o parcial de lunas y/o vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos de transporte terrestre.

A través de un decreto supremo publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se precisa que el dispositivo cuenta con 8 capítulos y 5 disposiciones complementarias finales.

El decreto remarca que la autorización para el uso total o parcial de lunas y/o vidrios oscurecidos o polarizados corresponde a las lunas y/o vidrios laterales, y es emitida por el Mininter, a través de la .

Uno de los cambios es que el solicitante ya no deberá presentar (y pagar) el certificado negativo de antecedentes policiales. Sino que solo deberá presentar una declaración jurada en la que indica que no cuenta con estos antecedentes.

Como la solicitud es presentada al Mininter, ellos accederán a la información respecto a los antecedentes policiales.

Asimismo, la normativa reitera que la autorización es de vigencia indeterminada. En caso de que el vehículo cambie de propietario, se debe solicitar un nuevo permiso.

Para la obtención de la autorización, los vehículos pasan a la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la PNP o en sus sedes desconcentradas a nivel nacional para el respectivo peritaje de identificación vehicular y peritaje de constatación de transparencia lumínica.

Los dueños de los vehículos deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Solicitud con carácter de declaración jurada suscrita por el propietario del vehículo según formulario; b) Fecha y número de recibo de pago por derecho de trámite consignado en la solicitud; c) Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería; d) Declaración jurada de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, denuncias por accidentes de tránsito, contra el patrimonio, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la libertad y contra la seguridad pública.

Cabe indicar que la norma lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra, y de los ministros del Interior, Carlos Morán; y de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo.