Gas natural. (Foto: Andina)
Gas natural. (Foto: Andina)

Con la finalidad de hacer más dinámico y eficiente el procedimiento administrativo para la calificación del venteo de gas natural (actividad que se realiza excepcionalmente y de forma controlada ante situaciones especiales y de emergencia) el, mediante el Decreto Supremo (DS) N° 001-2022-Minem, trasladó la competencia total de atención y calificación de dicho procedimiento al ente regulador, .

La normativa aprobada modifica el reglamento de la Ley Nº 27133 (Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural) donde se establecía que las solicitudes de venteo debían presentarse ante el Minem, instancia que tras pedir la opinión técnica del Osinergmin, emitía una Resolución Directoral sobre la calificación de la actividad.

El cambio normativo agiliza la obtención y calificación de venteos de gas natural “inevitables” en casos de contingencia, emergencia u operativos. De esta forma se evita una posible demora del trámite, lo que garantiza la seguridad de las operaciones del sector hidrocarburos y de las comunidades que conviven con la actividad.

El Osinergmin tendrá como plazo máximo el 6 de mayo del 2022 para emitir los procedimientos, disposiciones técnicas y mecanismos tecnológicos necesarias para cumplir con el encargo realizado.

También deberá remitir a la Dirección General de Hidrocarburos un reporte trimestral de las solicitudes de venteos presentadas con el detalle de las supervisiones y fiscalizaciones realizadas al respecto.

La presentación de los reportes debe realizarse en los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al que corresponde el reporte.

Minem destacó que sigue trabajando por el desarrollo eficiente, sostenible e inclusivo del sector energético con un mínimo impacto ambiental y social, en línea con la Política Nacional Energética del Perú.