El incumplimiento de lo dispuesto por Indecopi suponía una multa de hasta 20 UIT a la Municipalidad de Magdalena del Mar. (Foto: GEC)
El incumplimiento de lo dispuesto por Indecopi suponía una multa de hasta 20 UIT a la Municipalidad de Magdalena del Mar. (Foto: GEC)

La Municipalidad de Magdalena del Mar derogó la ordenanza N° 012-2018-MDMM que establecía la prohibición del uso, comercialización, venta o distribución gratuita de sorbetes de plástico en los establecimientos comerciales del distrito.

Mediante ordenanza Nº 048-2019-MDMM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la comuna distrital señaló que la medida responde a la disposición de Indecopi que declaró como barrera burocrática ilegal dicha prohibición.

Indecopi señaló en su momento que la ordenanza era ilegal ya que excedía las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades a la comuna, teniendo en cuenta que las competencias ambientales de los gobiernos locales se rigen por su respectiva Ley Orgánica de acuerdo a la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.

El incumplimiento de lo dispuesto por la institución pudo haber sido sancionado con una multa de hasta 20 unidades impositivas tributarias (UIT), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 1266.

En consecuencia, la presente ordenanza dispone encargar a la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental la adecuación de la normativa prevista en Ley Nº 30884 que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.

Cabe señalar que, según lo dispuesto en la norma, los establecimientos podrán volver a distribuir, comercializar o usar sorbetes desde el 5 de abril.