El Gobierno emitió este viernes un decreto supremo (DS N° 146-2020) que amplía el estado de emergencia hasta el 30 de setiembre del 2020 por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
La norma también incorpora a cuatro regiones en la cuarentena focalizada en su totalidad: Cusco, Moquegua, Puno y Tacna.
Hasta antes de la emisión de esta norma, solo se contemplaba algunas provincias de estas regiones (DS N°139 - 2020).
Así, en Cusco la cuarentena focalizada solo aplicaba en las provincias de Cusco, Anta, Canchis, Espinar, La Convención y Quispicanchis.
En Moquegua, aplicaba en las provincias de Mariscal Nieto e Ilo; en Puno, en las provincias de Puno y San Roman; mientras que en Tacna, solo en la provincia de Tacna.
Con la norma en mención, ahora se contempla a todas los provincias de estas cuatro regiones.
La norma dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en las provincias y regiones mencionadas, y precisa que está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia del presente decreto supremo.
De igual manera, el Gobierno emitió otro decreto supremo (DN° 027-2020) que amplía la declaratoria de emergencia sanitaria a partir del 8 de setiembre del 2020 por un plazo de 90 días calendario, es decir, hasta los primeros días de diciembre.