Indecopi
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La Corte Superior de Justicia de Lima le ha dado la razón al Indecopi al ratificar la multa impuesta a la propietaria de un gimnasio, que se negó injustificadamente a renovarle la matrícula a un joven por, que lo obligaba a usar silla de ruedas.

En el 2011, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del Indecopi sancionó a Sonia Rosa Aguilar Palomino, dueña del Gimnasio JV, con una multa de 5 unidades impositivas tributarias (UIT), que en el 2019 equivaldrían a S/21,000, por discriminación. Esta sanción fue ratificada en el 2013 por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.

Pero Palomino no quedó satisfecha e impugnó el fallo ante el Poder Judicial, que en el 2017 declaró infundada, en primera instancia, la demanda contenciosa administrativa. La parte demandante alegaba que el usuario había sufrido una caída en las instalaciones del local y que por ello se vio en la necesidad de negarle la renovación de la matrícula.

Pero el juzgado consideró que no resulta razonable ni proporcional para la negativa de renovarle la matrícula por dicho suceso, puesto que es una situación que le puede ocurrir a cualquier usuario del gimnasio.

Ante una nueva apelación de la propietaria del gimnasio, la Corte Superior de Justicia de Lima ratificó el falló al señalar que el retiro del consumidor resultaba arbitrario y y dignidad, incurriendo en un trato discriminatorio, basado en una apreciación subjetiva, amparada en la discapacidad física del usuario.

En su calidad de , el Indecopi recientemente lanzó la campaña denominada “Todos Somos Consumidores”, que busca proteger y defender los derechos de las personas con discapacidad. De acuerdo con los Censos Nacionales 2017, en el Perú hay 3'051,612 personas que tienen algún tipo de discapacidad, es decir que constituyen el 10.4 % de la población nacional.

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