(Foto: DAR)
(Foto: DAR)

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la Hidrovía Amazónica recibió más de 400 observaciones como parte de la evaluación del proyecto, incluyendo 73 del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace), 60 de cumplimiento obligatorio de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp) y 272 de otras diez instituciones públicas que analizaron el Estudio, según reveló el informe N° 00737-2019-SENACE-PE/DEIN.

Entre las instituciones que enviaron sus observaciones al Senace se encuentra la asociación civil Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

El proyecto en mención, cuya titularidad es del consorcio Cohidro S.A., fue concesionado por el Estado Peruano y tiene como propósito mejorar el transporte fluvial en una extensión de 2,687 km en los ríos Huallaga, Marañón, Ucayali y Amazonas.

“Una observación reiterativa de las organizaciones de sociedad civil y algunas instituciones públicas que brindaron su opinión técnica es que el área de influencia del proyecto se centra sólo en las zonas de dragado y depósito de sedimentos, a pesar que el proyecto operaría en una extensión de 2687 km. y que los ríos amazónicos son dinámicos, van cambiando su curso en el tiempo”, comentó DAR.

El área de influencia que propone la empresa representa el 4% del área que de acuerdo a criterios que consideran las complejas condiciones de los ríos, se debería establecer para proponer medidas efectivas a los impactos de la Hidrovía amazónica.

Por ello, en su informe, el Senace solicita se reevalúen los criterios para delimitar el área de influencia, y precisa que las respuestas que dé la empresa a las observaciones deben realizarse de manera concordante e integral. “Es decir, al modificar el área de estudio, se debe recoger la información social y ambiental de las nuevas áreas y, de acuerdo a ello, identificar correctamente los impactos”, detalló.

Un riesgo importante del proyecto, preocupación que nace desde el proceso de consulta previa del año 2015, es la afectación a la seguridad alimentaria de la población; respecto a ello, en su informe, el Senace solicita que se identifiquen y evalúen los impactos por pérdida de áreas de cultivo; y que se reevalúen los impactos del proyecto en el ciclo de vida de los peces y el descenso en la pesca ribereña.

Según DAR, debido a los diversos derrames de petróleo que se han generado en los ríos amazónicos, las organizaciones indígenas propusieron en el proceso de consulta previa que los sedimentos se analicen de acuerdo a la normativa brasilera.

Sin embargo, el EIA-d no siguió todos los procedimientos que plantea esta normativa. Ante ello, el Senace exige que se “identifique, evalué y describa el impacto potencial de los elementos tóxicos presentes en los sedimentos a dragar sobre los organismos acuáticos, como el arsénico encontrado en más de la mitad de las muestras analizadas”.

Incertidumbre sobre las zonas a dragar en los ríos

A pesar de que el Viceministro de Transportes ha afirmado previamente que se calculan 19 malos pasos o áreas a dragar, según la organización no gubernamental, el EIA y las medidas de mitigación que propone se han desarrollado solo para 13 malos pasos, reconociendo que podrían aparecer nuevos malos pasos, y darse ajustes posteriores de las zonas donde se depositaría el material dragado.

Al respecto, el Senace, en su informe de observaciones, precisa que cualquier cambio a los alcances del EIA presentado debe realizarse mediante una modificación del EIA, lo que, según DAR, implicaría un nuevo proceso de evaluación.

Respecto a las observaciones formuladas, el citado consorcio cuenta con 30 días hábiles (hasta el 22 de noviembre) para absolverlas con opción de solicitar ampliación por 30 días más (9 de enero). Cumplido el plazo, el Senace y los opinantes técnicos evaluarán las absoluciones correspondientes antes de emitir el pronunciamiento final.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, en su reciente informe “Situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales de la Panamazonía” ha incluido el caso del proyecto Hidrovía Amazónica, identificando que éste “no sería claro en las afectaciones que podría tener en los pueblos indígenas y poblaciones ribereñas” y que se deben tomar los resguardos para que los aportes de los sabios indígenas que participaron en la elaboración del EIA sean incluidos.

“De acuerdo a documentación recibida por la CIDH, la justificación y estudio económico del proyecto estaría basado en datos desactualizados por lo cual, para la CIDH, se incrementarían los impactos que el proyecto podría tener en los ríos, no solo como vías de transporte sino como ecosistemas, medios de vida y elemento central de la cultura de numerosos pueblos indígenas y de la Amazonía”, aseguró DAR.

A partir de este informe, la CIDH reconoce que los proyectos de infraestructura en la región generan impactos irreversibles al medio ambiente y a las comunidades locales, y en general, han sido impuestos a los pueblos indígenas sin cumplir con su derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado. Por ello, la Comisión recomienda fortalecer el carácter previo y pleno de la consulta previa

“Considerando que el EIA presentado en las audiencias sufrirá varios cambios para subsanar las más de 400 observaciones, es necesario que el SENACE proponga espacios complementarios para que la población conozca esta información”