Establecimientos de salud están obligados a informar estado de sus pacientes, señala SuSalud. (Foto: Alessandro Curraino/Referencial GEC)
Establecimientos de salud están obligados a informar estado de sus pacientes, señala SuSalud. (Foto: Alessandro Curraino/Referencial GEC)

La Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) ratificó que los establecimientos públicos y privados del país están obligados a informar respecto al estado de salud de sus pacientes. La entidad, a través de un comunicado, emitió este pronunciamiento ante casos difundidos en medios de comunicación en los que muestran familiares reclamando por conocer el estado de pacientes en pleno estado de emergencia decretado para mitigar el avance del nuevo coronavirus. De lo contrario pueden ser sancionados con S/ 430,000.

Explicó que en cumplimiento de la Ley N° 26842, ley General de la Salud y de la Ley Nº 29414, ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, toda persona o su representante, entiéndase familiares, tienen derecho a la información sobre su enfermedad.

Es decir, corresponde a los establecimientos entregar información completa, oportuna y continua sobre el estado de pacientes con COVID-19, lo que incluye diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamientos; así como riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de las intervenciones tratamiento y medicamentos que se prescriban y administren.

Asimismo, el organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud (Minsa) recordó que la Directiva Sanitaria N° 101-Minsa-2020, establece disposiciones para brindar información y acompañamiento psicosocial a pacientes hospitalizados con infección por COVID-19 y sus familiares.

SuSalud sostiene que el derecho de acceso a la información de los servicios de salud públicos y privados no se restringe por el estado de emergencia por el coronavirus. Recordó que su vulneración es motivo de intervención inmediata por dicha entidad, que, de ser el caso, puede sancionar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) que no brinden información diaria a los familiares de pacientes hospitalizados con multas de hasta 100 UIT, equivalente a S/ 430.000.

Asimismo, dijo que en medio del estado de emergencia y a fin de evitar nuevos contagios, las Ipress deben emplear medios no presenciales para cumplir con esta obligación y evitar exponer al paciente y sus familiares.

En ese sentido, reiteró que los familiares de los pacientes hospitalizados están prohibidos de visitas, pues se incrementa el riesgo de contagio por COVID-19.

-Atención al usuario-

Además, SuSalud invocó a los directores de establecimientos de salud a extremar acciones para proteger y garantizar los derechos de los usuarios de los servicios de salud. Por ello, recordó que es su responsabilidad el cumplimiento de esta medida, además deben de tener implementada una Plataforma de Atención al Usuario en Salud (Paus) para recepcionar y atender las consultas y reclamos.

También los centros deben garantizar la accesibilidad y disponibilidad del Libro de Reclamaciones en Salud, en un lugar visible durante todo el horario de atención.

-Mejor trato-

La entidad informó que dispuso la permanencia física de un equipo de delegados en los principales hospitales de Lima y regiones. Los delegados buscan, con un trato humanizado y acciones inmediatas, resolver personalmente las insatisfacciones de los usuarios de los servicios de salud, en el mismo lugar donde se pueden estar presentando las causas de su insatisfacción y ser vigilantes en la organización, así como respuesta de los servicios de salud.

Para cualquier consulta SuSalud permanece a disposición de la ciudadanía las 24 horas de lunes a domingo a través de la línea telefónica gratuita 113. También puede contactarse a través de las redes sociales institucionales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPerú, donde encontrará interacción inmediata con especialistas.