Este sábado se publicó una lista de indultos humanitarios otorgados a internos por el presidente de la República, Martín Vizcarra, ante el riesgo de contagio del nuevo coronavirus (COVID-19).
De acuerdo con la resoluciones supremas emitidas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fueron publicadas en el diario oficial El Peruano, las gracias presidenciales se otorgan por motivos humanitarios.
En una primera resolución, la comisión de gracias presidenciales otorgó este beneficio a dos reclusas del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, en Lima y a una reclusa del penal de Pucallpa, cuya condición vulnerable al COVID-19 hacía peligrar sus vidas, pues tienen enfermedades crónicas en etapas avanzadas.
Mientras que la resolución N° 090-2020 JUS concede la gracia presidencial de Indulto Común a una interna del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Arequipa, dos internas del Penal de Chorrillos, en Lima, y una del penal de Jauja.
En tanto que la Resolución Suprema N° 091-2020-JUS concede la gracia presidencial de conmutación de la pena a 27 internas sentenciadas que cumplían condena en diversos centros penitenciarios del país.
Cabe indicar que el jefe de Estado informó hoy sobre la firma de documentos para la conmutación de penas e indultos del primer grupo de reos.
“El Ministerio de Justicia me ha alcanzado algunos documentos de conmutación de penas y de indultos para algunas personas que están privadas de su libertad, y que nosotros vamos en esta coyuntura a posibilitar que salgan ya de la cárcel”, señaló esta tarde.
El pasado jueves 23 de abril se publicó el decreto de urgencia que establece criterios de selección o identificación de los internos que serán beneficiados con los indultos presidenciales.
El ministro de Justicia, Fernando Castañeda, ha explicado que este beneficio se concede a internos en estado de gestación, madres con hijos menores de tres años, presos con sentencias menores a cuatro años, mayores de 70 años de edad que no hayan cometido delitos graves, presos que estén próximos a cumplir sus condenas en los próximos seis meses, y enfermos que estén dentro del grupo de riesgo a contraer COVID-19.
No obstante, esta medida no alcanza a sentenciados por terrorismo, delitos de lesa humanidad o corrupción.