Si bien el Perú es el primer país en tener un reglamento y Ley de , este es “un convenio incomprendido e incumplido que no promueve el derecho fundamental de la Consulta Previa a los pueblos indígenas y originarios”, alertó Ibis Fernández, quien representó al Perú en el evento “Diálogo global sobre el Convenio 169”, organizado por la OIT en Ginebra, como parte de las acciones emprendidas por Naciones Unidas al celebrarse 30 años de la suscripción de este convenio.

Con la aprobación, en setiembre del 2011, de la Ley del Derecho a la a los Pueblos Indígenas u Originarios y la publicación de su posterior reglamento, el Estado peruano desarrolló los procedimientos adecuados para realizarlas consultas de acuerdo al Convenio 169 de la OIT.

“Hoy en día se está dando un debate global sobre la aplicación del Convenio 169 y la esencia del mismo que es la Consulta previa y el consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas. En el 2018 la CGTP junto con otras organizaciones de los Pueblos Indígenas y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, presentamos el Informe Alternativo sobre el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Convenio 169, que resume la situación dramática de los Pueblos Indígenas, con respecto al cumplimiento efectivo de las obligaciones del Estado peruano para la protección de sus derechos”, comentó Fernández Honores, responsable del departamento de Ecología y Medio Ambiente de la CGTP.

PUNTOS DIFERENTES

Al celebrarse los 30 años del Convenio 169 de la OIT, representantes del gobierno, de los empleadores y trabajadores, viajaron a Ginebra (Suiza) para exponer, desde su experiencia, los avances del cumplimiento del convenio 169 en favor de los pueblos indígenas del Perú.

En representación del gobierno, participó la viceministra de Interculturalidad, Elena Burga, quien explicó que el Estado ha enfocado sus estrategias para promover el reconocimiento de los pueblos indígenas, sus territorios y derechos colectivos; a garantizar el acceso a la consulta previa y el respeto de los derechos culturales y lingüísticos de los pueblos originarios.

Ibis Fernández fue invitada por Naciones Unidas como representante de las organizaciones de sociedad civil peruanas. “Como representante de las y los trabajadores (as), no coincidimos con las declaraciones de la viceministra de interculturalidad, en el sentido de que en nuestro país, hay incumplimiento e incomprensión debido a la falta de voluntad política en garantizar el cumplimiento de la Convenio 169 y la Consulta previa”, comentó.

No obstante, en opinión de la viceministra, el Perú sí está dando avances positivos en la aplicación de la Consulta Previa pero reconoce que su implementación es un constante aprendizaje.

“La implementación del Convenio 169 de la OIT es un desafío permanente para avanzar en el ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas y la consulta previa es un proceso de aprendizaje permanente, tanto para las entidades del Estado como para los representantes de los pueblos indígenas”, enfatizó Burga.

Para Fernández, es relevante que se incorpore el enfoque de genero en la implementación en el derecho a la Consulta, lo que significa mayor participación, institucionalidad y empleo de las mujeres indígenas.

DATO

“Si bien, hasta la fecha se han realizado 45 procesos de consulta previa, ninguno se ha realizado en el marco de la evaluación de los impactos socioambientales que afectan directamente a los pueblos indígenas. Es necesario que el Ejecutivo habilite al Senace para que integre la consulta previa al proceso de evaluación de los proyectos, conjuntamente con los mecanismos informativos y participativos”, consideró la Defensoría del Pueblo.

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