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Desde el último 15 de agosto, entró en vigencia a nivel nacional el nuevo Reglamento Nacional de Tránsito, modificado por el Decreto Supremo 025-2021-MTC, que establece un nuevo control de velocidades y en las multas para aquellos conductores que infrinjan dichas medidas.

Estos son los nuevos límites de velocidad en el Perú:

  • Calles y jirones de las zonas urbanas: 30 km/h (antes eran 40 km/h).
  • Avenidas: 50 km/h (antes eran 60 km/h).
  • Zonas comerciales: 30 km/h
  • Zonas residenciales: 50 km/h
  • Zonas escolares: 30 km/h.
  • Hospitales: 30 km/h.

Respecto al exceso de velocidad, la Policía Nacional del Perú, las municipalidades provinciales o la Sutran impondrán sanciones si los conductores no cumplen con el límite máximo establecido. Estas son las sanciones:

  • Excederse hasta 10 Km/h por encima del límite implica una multa de S/ 828 (18% de una UIT).
  • Si conduce entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite, la sanción será de S/1,104 (24% de una UIT).
  • Superar el límite máximo en más de 30 km/h traerá consigo una multa de S/2,300 (50% de una UIT).

Ante ello, la pregunta de hoy es:

¿Funcionarán los cambios en los límites de velocidad?

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