Editorial de Gestión. La realidad expuesta por la pandemia debería servir de ejemplo cuando se piense en crear normas. (Foto: iStock)
Editorial de Gestión. La realidad expuesta por la pandemia debería servir de ejemplo cuando se piense en crear normas. (Foto: iStock)

TRABAJO EN CASA. El teletrabajo como una forma de relación laboral surge en la década de los 90 y ha ido poco a poco aplicándose en diversos países. En el Perú, la norma que regula la figura se aprobó en el 2013 (Ley 30036) y su reglamento dos años después. Sin embargo, hasta antes de la pandemia muy pocas empresas lo habían puesto en práctica.

La necesidad del aislamiento producto del COVID-19 llevó a que varias compañías y trabajadores buscaran que sus actividades laborales pudieran ser realizadas desde su casa, y para lograrlo el Gobierno tuvo que dictar un decreto de urgencia para crear la figura del trabajo remoto. ¿Por qué no se utilizó la Ley 30036 y se tuvo que crear otra figura? Quizás por la misma razón por la cual hasta el momento era una alternativa poco utilizada. La ley de teletrabajo es una norma que se creó para ser “perfecta”, pero no se pensó en hacerla viable.

La mayoría de los trabajadores formales que se encuentran laborando de manera remota han podido experimentar los beneficios de esta figura, entre los que se encuentran la posibilidad de pasar mayor tiempo en familia y la facilidad de no tener que trasladarse hasta el centro de trabajo que, en una ciudad como Lima (aun sin pandemia) resulta siendo no solo caótico sino además con demora. En plena pandemia, este punto cobra mayor importancia pues los medios de transporte pueden ser uno de los mayores riesgos de contagio.

Si bien muchas empresas han mostrado su disposición a mantener la figura del trabajo remoto hasta fines de año, lo cierto es que la norma vence el 7 de setiembre y el Ministerio de Trabajo aún no ha confirmado si ampliará su vigencia hasta fin de año.

De no hacerlo, los empresarios solo podrán optar por el teletrabajo, una figura que no les resulta atractiva, pues los obliga a otorgar una compensación cuando el trabajador aporta los equipos necesarios para realizar su labor y exige un acuerdo previo, lo cual reduce su flexibilidad.

En la figura actual de trabajo remoto no se vulnera ninguno de los derechos del trabajador, y si bien algunos empleados critican que la empresa no cubra los gastos de luz o Internet, lo cierto es que otros encuentran mayores beneficios que perjuicios.

La realidad expuesta por la pandemia en el caso del llamado trabajo desde casa debería servir de ejemplo a futuro para cuando se piense en crear nuevas normas: más importante que buscar la perfección es conseguir que se puedan aplicar.