Las medidas están orientadas a la transparencia de los OSE. (Foto: Andina)
Las medidas están orientadas a la transparencia de los OSE. (Foto: Andina)

IMPUESTO A LA RENTA. El ministro de Economía, Carlos Oliva, ha ofrecido que en el 2019 se incrementarán los conceptos por los cuales una persona natural podría deducir el pago del IR. Para este año, una persona que supere el monto base de las 7 UIT podría pedir la devolución del pago del IR hasta por un tope de 3 UIT siempre que presente comprobantes electrónicos por determinados gastos. Hoy la lista de los gastos que se pueden sustentar es pequeña, pero irá en aumento. Es más, el titular del MEF apuesta a que una vez que toda la economía tenga comprobantes electrónicos, una parte de todos los gastos que realice una persona se podrán deducir o usar para financiar fondos de pensiones.

Aunque Oliva muestra su entusiasmo por la medida, no todos los especialistas la comparten. El MEF considera que esta medida ayudará a la formalización de la economía, y a la larga a una mejora en la recaudación, pues serán los contribuyentes los que obligarán a sus proveedores a entregarles comprobante electrónico y así esos proveedores tendrán que tributar más. Por ejemplo, si un médico declaraba solo 20 consultas al mes, pero en realidad realizaba 80 consultas, ante el pedido de sus pacientes tendrá que tributar por las otras 60. Visto desde ese punto de vista, los ciudadanos se convierten en agentes activos de la formalización de la economía.

Sin embargo, pese al entusiasmo del MEF, más de un analista advierte que el efecto real puede ser mínimo, pues el monto que va a conseguir como devolución la persona podría no valer el trabajo que debe hacer para sustentar el gasto, o se usarán comprobantes de empresas ya formalizadas, con lo cual se reducirá la recaudación y no se logrará aumentar la formalización. Pero también hay la probabilidad de que eliminando el tope de las 3 UIT podría incentivar más a los contribuyentes.

Otro factor en contra es que solo se habla de comprobantes de proveedores de cuarta categoría, con lo cual se crea un incentivo perverso frente a los proveedores de tercera categoría.

Lo cierto es que se trata de una medida cuyos efectos no se podrán ver a corto plazo. Aun así, la administración tributaria tiene que realizar una evaluación luego de la presentación del Impuesto a la Renta del 2018 para dar a conocer los resultados de la medida durante su primer año y estar atento a los ajustes que se deban realizar para que este beneficio cumpla realmente con los objetivos trazados (formalizar e incrementar la recaudación). Una costumbre que por el momento no se ha evidenciado.