(Difusión)
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Por: César Puntriano - Estudio Muñiz

El cumplimiento de la legislación laboral en nuestro país resulta una preocupación para cualquier empleador, y en particular para las empresas emergentes. En efecto, el hecho que la sea de tal magnitud (70% de la PEA aproximadamente) que la mayoría de normas se aplican a la minoría de trabajadores, evidencia la rigidez existente en nuestro ordenamiento. En lo que a costos laborales no salariales se refiere, estos afectan la competitividad de nuestro país y los salarios, por lo que a mayores costos se tendrá más informalidad en el Perú, así como mayor precariedad en el empleo.

Nuestros costos laborales se ubican entre los más altos de la región, llegando a alcanzar o en algunos casos superar el 50%. En otras palabras, por cada sol que abona el empleador en planilla, su costo laboral no salarial es de S/ 0.50.

(Elaboración: César Puntriano)
(Elaboración: César Puntriano)

Si bien es inevitable incurrir en los indicados costos sobre la Remuneración Mínima Vital () que asciende a S/ 930, pues únicamente quienes laboran menos de 4 horas al día en promedio pueden percibir un monto inferior a la RMV, es legalmente válido que las start up empleen compensaciones económicas no remunerativas para mejorar los ingresos del personal sin generar mayor costo laboral. Ello debido a que se debe procurar que el personal perciba un ingreso mensual acorde con el mercado. De no hacerlo nos encontramos ante uno de los factores que desmotivan a los trabajadores y genera una “fuga de talentos” o simplemente hace que la empresa no sea atractiva para trabajar.

En efecto, la pueden otorgar los siguientes beneficios no remunerativos a su personal para mejorar sus ingresos sin incurrir en mayores costos laborales. Cabe precisar que la principal ventaja de estas compensaciones consiste en que no forman parte de la base de cálculo de los beneficios sociales legales (CTS, gratificaciones, participación en las utilidades) ni tampoco de los aportes a la seguridad social (contribución a , aportes a la /) quedando sujetos al impuesto a la renta de quinta categoría si el trabajador tiene un ingreso mensual superior a S/ 2,075.

(Elaboración: César Puntriano)
(Elaboración: César Puntriano)

A nuestro entender es importante no sólo pagar la remuneración del personal, sino también mantener a la fuerza laboral cómoda y compenetrada con los objetivos empresariales, para lo cual se podrá recurrir a los conceptos no remunerativos glosados anteriormente. Si bien el salario emocional resulta en la actualidad fundamental para retener al talento, creemos que lo económico aún juega un papel importante por lo que los animamos a incorporar las compensaciones señaladas a su estructura salarial.