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Por José Manuel Angulo Jugo, asociado del Estudio Muñiz

En los últimos años se ha dado una generación de proyectos de emprendimiento, el cual buscan romper los esquemas y paradigmas ya establecidos creando nuevas formas de negocio, utilizando, para ello, elementos tecnológicos o una visión novedosa de las mismas.

Es en este marco en que nacen, como un tipo de empresa enfocada en la innovación y el desarrollo de nuevos productos y servicios, principalmente sustentados en tecnologías de la información. Al igual que cualquier otra empresa, son una persona jurídica que, a través de un ciclo productivo, trata de desarrollar su negocio para obtener un crecimiento significativo.

De esta manera, podemos observar que la generación de estos nuevos negocios se han venido dando en dos formas muy comunes: a) la creación de nuevas empresas o b) el replantamiento de una empresa ya existente.

En el día a día, una de las preguntas más comunes que me realizan, es sobre las principales obligaciones en temas laborales para este tipo de empresas, a lo que el punto más requerido es el de contratación. Y es que no sorprende que cualquier empresa que tenga en su visión el crecimiento, deba impulsar su producción con la contratación de personal.

Sin embargo, la pregunta clara es ¿qué tipo de contrato de trabajo debo utilizar?, a lo que existen distintas respuestas. Nuestro ordenamiento laboral ha determinado distintas clasificaciones, una de ellas basada en el tipo de plazo del contrato, un plazo fijo o un plazo indeterminado.

En el Perú, existe, como regla general, una preferencia a la contratación a plazo indefinido, por lo que se podría decir que todo trabajador que sea contratado deberá ser un trabajador sin plazo ni vencimiento en su contrato. Sin embargo, esta no es una opción muy viable para algunas , las mismas que recién están iniciado un negocio y no cuentan con una certeza clara del personal que necesitarán, de la cantidad exacta de personal para la mejor cantidad y calidad de producción, de la aceptación del negocio o producto en el mercado, la rotación que mantendrán, los horarios o turnos que necesitarán, entre otros.

Es bajo esta necesidad que la normativa laboral peruana establece la posibilidad de suscribir contratos a plazo determinado, siempre que exista una extraordinariedad o causa que pueda comprobable de manera objetiva, y que este detallada de manera expresa en el contrato. Estas “causas” o “extraordinariedades” estan separadas de acuerdo al tipo de contrato, los que pueden ser catalogados como temporales, accidentales o por obra o servicio específico.

Dentro de la categoría de contratos temporales, tenemos el contrato por inicio o incremento de actividades. Este , pues el mismo puede ser utilizado en los casos de creación de una nueva empresa (inicio de actividades) o en caso ya se tenga una y se quiera un cambio en las actividades que se realizan creando nuevos servicios a proveer. En ambos casos, el contrato tiene un plazo máximo de 3 años contados desde el evento o causa de la contratación, pudiendo establecer periodos más cortos de contratación durante el plazo de los 3 años señalados.

En muchos casos que se me consultan siempre recomiendo la utilización de este contrato (sea como incremento o inicio) como una opción que permite probar la cadena producción, la aceptación del producto o servicio y la organización de la empresa.

Es muy importante para la empresa poder definir cuál es la mejor forma de organización interna para que esta pueda brindar una producción eficiente que permita satisfacer la demanda. Un error muy común es no revisar la cadena productiva y tener muchas funciones inutiles o insuficientes que demoran o relenterizan la producción y que, en muchos casos, la empresa trata de resolver con la contratación de mayor personal, creando sobrecostos, que luego en un afán de mejorar se tratará de resolver buscando ceses que pueden resultar complicado o costosos.

Así, es importante poder utilizar el presente tipo de contrato a plazo fijo, no como una salvedad para contratar temporalmente al personal con la finalidad de “escapar” de la estabilidad laboral, sino que la finalidad debe ser buscar, dentro de estos 3 años de plazo, encontrar el equilibro ideal entre la producción y la demanda, que permita tener el número de personal correcto que no genere sobrecostos.

De esta manera, a modo de conclusión, podemos señalar que una tiene la siguientes posibilidades en la contratación de personal: a) la contratación a plazo indefinido b) la contratación a plazo fijo, en la que recomendamos el contrato de inicio o incremento de actividades, que se podrá usar por el plazo de 3 años y permitirá a la empresa poder “probar” la mejor cadena productiva para no generar sobrecostos y así establecer correctamente la organización interna permanente de la nueva o renovada startup.

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