Transformación digital
Transformación digital

Por Santiago Fernández de Lis y Pablo Urbiola, de  

En los últimos años hemos asistido a cambios profundos en la estructura de un buen número de sectores empresariales como resultado de la irrupción de nuevos competidores digitales. La industria de contenidos audiovisuales o el comercio minorista se enfrentan a un panorama competitivo completamente nuevo, que se ha llevado por delante algunos modelos de negocio que parecían sólidos, desplazados por la pujanza de los nuevos entrantes.

El impacto de la transformación digital también se está dejando notar en el sector financiero, aunque de forma más paulatina, en parte por el peso de la regulación financiera, que disuade la entrada de nuevos jugadores. Poco a poco, nuevas empresas dedicadas a lo que se conoce como fintech están compitiendo con éxito en ciertos segmentos, como los pagos; y más recientemente, las grandes empresas tecnológicas han empezado a integrar productos financieros en sus ecosistemas digitales, lo que entraña un gran potencial disruptivo para el sector, por su tamaño y porque sus ecosistemas ejercen una fuerte posición de dominio en los mercados en los que operan.

El alcance final de esa disrupción es incierto, y dependerá en buena medida de cómo evolucione el marco regulatorio y de competencia. Es probable que los ecosistemas digitales se involucren más en la distribución y comercialización de productos financieros que en su provisión final, al menos en aquellas áreas más reguladas, como la captación de depósitos.

La integración de servicios financieros en estos ecosistemas digitales plantea retos para la estabilidad financiera, la competencia y la protección de los consumidores. Por un lado, algunas actividades podrían concentrarse en un número muy reducido de jugadores, convirtiendo sus infraestructuras en críticas. Por otra parte, la separación de la producción y la distribución de servicios financieros podría desalinear algunos incentivos y generar problemas de riesgo moral en la concesión de crédito, o diluir algunas responsabilidades de protección al consumidor.

Los reguladores y supervisores financieros deben seguir de cerca la evolución del mercado, identificar los riesgos emergentes y, cuando sea necesario, ajustar el marco regulatorio de forma que garantice la estabilidad financiera y la protección del consumidor al tiempo que promueva la competencia en igualdad de condiciones, evitando que los riesgos se concentren en las parcelas más opacas del sistema financiero. En un entorno en el que coexisten distintos tipos de proveedores y modelos de negocio, esto implica avanzar hacia un marco regulatorio y de supervisión más basado en actividades y riesgos que en el tipo de entidades.

En la economía digital los datos son la principal materia prima, lo que requiere normas que faciliten su portabilidad entre empresas cuando así lo desean los consumidores. Y el papel de las autoridades de protección de datos y de competencia es vital para evitar que las empresas menoscaben los derechos de los titulares de los datos o que abusen de su posición en el mercado para restringir la competencia.

Las políticas nacionales y sectoriales difícilmente pueden lidiar con compañías y ecosistemas digitales que son globales y transectoriales. En Europa, la Comisión Europea tiene competencias transfronterizas de protección del mercado interior, cuyos estándares tienden a tomarse como referencia en otros países o regiones. Por eso el enfoque que está dando la UE a la regulación de datos y la política de competencia tiene una gran relevancia para la discusión global.

El marco europeo es uno de los más garantistas del mundo en la protección de datos y empodera a los consumidores para compartir sus datos entre proveedores. El problema es que lo hace de manera asimétrica: mientras que la nueva Directiva de Servicios de Pagos (PSD2) obliga a los bancos a facilitar a nuevos proveedores de pagos, entre los que pueden estar los gigantes de internet, el acceso a datos de manera estandarizada y en tiempo real, estos, sujetos únicamente al marco transversal introducido por el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), solo están obligados a compartirlos de manera no estandarizada y con notable diferimiento. Es importante evitar este tipo de desequilibrios, que pueden exacerbar la tendencia de los mercados digitales hacia la concentración en unas pocas grandes empresas que acumulan grandes cantidades de información y extienden su poder de un mercado a otro.