Multas: ¿excesivas, eficaces o sin sentido?

Redacción Gestión

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OPINIÓNJosé Ricardo StokPAD, UNIVERSIDAD DE PIURA

Multa es la sanción administrativa consistente en un pago dinerario aplicado al infractor de una ley o norma. En la vida social es necesario un ordenamiento que facilite las relaciones civiles en resguardo de los derechos individuales y colectivos. Asimismo, en el ámbito económico, el modelo de libre mercado requiere una regulación para su adecuado funcionamiento. Aun cuando esta restrinja ciertas acciones, su razón de ser es velar por la buena evolución del sistema. Nadie se queja de las vallas en los bordes de las carreteras, aunque parezca que limitan la libertad de circulación: impiden ir por donde uno quiere, pero su fin es cuidar la propia vida y/o la de los demás.

En lo civil-administrativo como en lo económico, las infracciones que no constituyan delito se sancionan mediante multas pecuniarias: en la circulación vial, en asuntos tributarios, en las relaciones entre proveedores de servicios y consumidores, y en las obligaciones electorales. A nadie le gusta recibir una multa, pero tampoco se puede salir "gratis" de ciertas inconductas.

Las multas están para sancionar malas conductas, y la reiteración de estas debería ser un agravante. No es su objetivo la recaudación ni el enriquecimiento del erario, y debe evitarse cualquier intento de beneficiar a quien las impone, ya que esto constituye un incentivo perverso, injusto e irracional (es el caso de las "fotopapeletas", acotaciones tributarias, u otras denuncias). Es importante advertir posibles efectos indirectos, injustos o no deseados: la indiferencia frente al debido orden social, la huida de la legalidad o el refugio en la informalidad.

¿Cómo determinar el monto de una multa? Su finalidad no es la reparación del daño ocasionado, sino considerar la naturaleza de la infracción, definiéndola como leve, grave o muy grave. Sin embargo, aun cuando la gravedad esté tipificada, es importante su gradualidad: no es igual infringir el máximo permitido de velocidad de 60 km por hora yendo a 65 que a 100 km.

El fútbol es un muy buen ejemplo de sanciones coherentes: mano en el área es penal y en otro sitio, no; dos tarjetas amarillas implican una roja. Todos lo aceptan aunque a veces protesten, y esto a pesar de que el árbitro es el único caso de un sancionador que evalúa la intención del infractor.

Se dice que la justicia es ciega –no se tiene en cuenta quién es el infractor–; sin embargo, no hacerlo puede dar lugar a actuaciones injustas: una falta en lo tributario no puede sancionarse de la misma manera a una gran empresa que a un pequeño negocio: si a este lo cierran puede ser la ruina familiar.

Por otro lado, el espacio para sobornos se amplía cuando en las multas hay discrecionalidad y montos muy elevados. Además, debe considerarse que en muchas empresas de servicios públicos, la multa puede ser finalmente pagada por los usuarios.

Sería ideal en una sociedad que, por el ejemplar comportamiento de los ciudadanos, no haya que aplicar multas: prácticamente imposible. Pero sí hay que intentar que ellas tengan característica formadora, que ayuden a los ciudadanos a aprender y mejorar su desenvolvimiento. Sustituir la obligación de dar por una de hacer, consistente en el desarrollo de actividades de naturaleza e interés social, puede ser altamente educativo.

Los organismos reguladores son capaces de determinar el monto de la multa y este no debe estar en función de lo lucrado gracias a la infracción: la ejemplaridad de una sanción pocas veces está en el monto dinerario, por lo que debe ser muy reflexivo, coherente, justo, y analizar escrupulosamente posibles efectos colaterales.

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