Falta de reglamentos tributarios sigue creando incertidumbre en empresarios

Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

ROBERTO ROSADOrrosado@diariogestion.com.pe

Los empresarios siguen con incertidumbre sobre cómo afrontarán la contabilidad tributaria del 2013 pues muchos de los dispositivos legales que modificaron la ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) y la del Impuesto a la Renta (IR) aún no son reglamentados por el Ministerio de Economía (MEF).

El abogado tributarista Jorge Picón recordó que el MEF dispuso que las empresas inmobiliarias deben pagar el IGV cuando reciben el dinero de la venta de los departamentos en los planos de construcción y ya no cuando entregan el inmueble.Pero las inmobiliarias no reciben directamente el pago sino mediante los bancos que a su vez dan el dinero según avance la obra.

"¿Cuándo lo reciben? En el primer mes cuando se dio la preventa o mes a mes según el avance. Eso falta reglamentar", comentó Picón.

Sobre el IR aún no se reglamenta la norma de transparencia fiscal internacional en la cual quienes invierten vía empresas de paraísos fiscales para no traer sus rentas al Perú, desde el 2013 deben declararlas en el país y así cumplir con el pago de impuestos.

"Hay muchos cambios al IR sobre reorganización de sociedades, fusiones, escisiones, en las cuales aplican impuestos que no se daban hasta este año. También se cambió la norma sobre deducción de gastos en vehículos. Estas normas entran en vigencia el 1 de enero del 2013 y falta reglamentarlas", agregó.

A su vez, el abogado tributarista Alex Córdova informó que hay más de 30 cambios introducidos en la legislación tributaria que deben ser reglamentados.

Entre las normas pendientes está lo relacionado a precios de transferencias, comercialización de comodities, costo computable y comprobantes de pago.

Además, resaltó que hay mucha incertidumbre por la reglamentación de la claúsula antielusiva dada con la norma XVI del Código Tributario, la cual ya había sido criticada de arbitraria por dar a la Sunat la facultad de determinar si hay o no un acto de elusión.

CierreDe otro lado, la Sunat informó que sancionó con el cierre temporal a 3,085 locales comerciales por no emitir comprobantes de pago, lo que fue detectado en las campañas de fiscalización de octubre y noviembre en el marco del decreto que castiga con el cierre desde la primera falta.

OPINIONESAlex CórdovaAbogado tributarista"Cuando estén vigentes las leyes, lloverán más preocupaciones. Esperemos que los reglamentos salgan antes para un razón de predictibilidad".

Jorge PicónAbogado tributarista "Una cosa indispensable en la tributación es la seguridad jurídica, y esta falta de reglamentación se debe a una desidia del Ejecutivo".

TAGS RELACIONADOS