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Año Nuevo

| En el marco de las celebraciones por Año Nuevo, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, ha publicado una guía digital, a través de la cual recuerda a los consumidores las principales recomendaciones que deben tener en cuenta al momento de adquirir productos o contratar servicios. Además de consideraciones importantes si deciden viajar por transporte terrestre o aéreo.

A través de esta guía informativa virtual los consumidores podrán conocer sus principales derechos, accediendo al siguiente enlace: https://goo.gl/ga3KNh

Viajes:
· En el caso concreto de los usuarios de transporte aéreo, cuando los vuelos son cancelados por causas atribuidas a las aerolíneas, la normativa establece una serie de beneficios para los afectados, los mismos que pueden conocerse en el siguiente enlace https://goo.gl/w8ePkN

· Para el caso de pasajes vendidos con la modalidad de tramos múltiples (round trip), que suele aplicarse en el transporte aéreo, el consumidor que no hiciera uso del primer o primeros tramos, mantiene su derecho a usar los tramos siguientes.

· Asimismo, todos los pasajeros tienen derecho a endosar (transferir) o postergar (cambiar de fecha) los pasajes en cualquier tipo de transporte (aéreo, terrestre, fluvial), dentro del territorio nacional, sin restricción alguna. El trámite debe hacerse con 24 horas de anticipación a la fecha y hora prevista para el viaje.

· Los proveedores deben cumplir con los horarios de salida ofrecidos a los consumidores.

· Los proveedores deben exhibir la lista de precios de sus servicios y deben respetarla.

· En la publicidad de servicios de transporte se debe indicar, de manera clara, el importe total que tendrá que pagar por dichos servicios.

· Revise el registro “Mira a quién le compras” del Indecopi para verificar si la agencia de turismo o empresa de transporte elegida ha sido sancionada anteriormente por la institución.

Hospedaje:
Los hoteles y hostales tienen la obligación de publicar, en un lugar visible, la lista de precios de los productos y servicios que ofrecen sea en soles o moneda extranjera, indicando el tipo de cambio aceptado.

En este último caso, están obligados a aceptar el pago en dicha moneda o su precio equivalente en moneda nacional, a elección del consumidor. Los precios ofrecidos deben incluir el precio total, incluyendo cualquier tipo de recargo adicional, así como el IGV.

Los hoteles, hostales o albergues, según sea el caso, deben reunir las condiciones mínimas para estar categorizados como tales. Verifica si tiene las autorizaciones correspondientes. Si existen servicios adicionales que puedan ser contratados de manera y que generen cobros extra (por ejemplo, el uso del teléfono, cable, frigobar, Internet, entre otros) deben hacértelo saber de manera oportuna y clara.

Turismo:
Contrata a agencias de viaje y turismo formales. Antes de efectuar la compra de un tour, el proveedor tiene la obligación de ofrecer toda la información necesaria sobre las características del servicio: itinerario, duración, lugares que serán visitados, si el costo de las entradas se encuentra incluido en el paquete, entre otros.
No pueden obligar a pagar sumas o recargos adicionales al precio informado, salvo que se trate de servicios distintos al originalmente contratado.

· Exija información clara sobre las escalas de los vuelos, tarifas aeroportuarias, límite de equipaje, prendas adecuadas, distancias al hotel de destino, entre otras.

Pirotécnicos:
Adquiera productos pirotécnicos únicamente en las ferias o establecimientos autorizados por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municione y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) y las municipalidades.
¡Cuidado con los niños! Solo las personas mayores de edad deben comprar y manipular los pirotécnicos.

Fiestas de fin de año:

· Los promotores de espectáculos deben respetar la capacidad máxima del local donde se desarrollarán las actividades; también deben respetar las zonas establecidas de acuerdo al pago realizado por los consumidores, es decir, zona preferencial, VIP, Plantinum, etc; según sea el caso; así como cumplir con el horario previamente anunciado.

· Los organizadores deben brindar la alimentación y otros productos para la realización de la fiesta de Año Nuevo, tales como cotillón, champagne, corcho libre, etc.; tal cual haya sido promocionado.

· Si por algún motivo de fuerza mayor el evento tuviera que ser cancelado, la empresa organizadora está en la obligación de avisar con anticipación a los consumidores y devolverles el dinero que invirtieron. Esto se hará en un plazo razonable y de acuerdo a un cronograma.

· El Indecopi recomienda guardar la boleta o factura y el aviso publicitario del espectáculo o fiesta que eligieron, pues servirán como prueba, en caso se registre algún incumplimiento por parte de los organizadores y puedan presentar los reclamos o denuncias que consideren necesarios.