Redacción Gestión

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La (Sunedu) informó que las universidades que cuenten con autorización provisional solo podrán dictar las carreras autorizadas hasta la constatación de condiciones básicas de calidad.

Mientras dure este proceso de constatación, estas universidades con licencia provisional tampoco podrán superar el número de vacantes aprobadas por cada ciclo para cada una de las carreras profesionales.

La Sunedu también señaló que estas casas de estudio operarán, de acuerdo con el modelo institucional aprobado por el ex Conafu, en los distritos, provincias y departamento donde se ha establecido su sede principal y, de ser el caso, sus subsedes autorizadas.

Esta medida también señala que lasuniversidades con autorización provisional podrán convocar exámenes de admisión, realizar concursos públicos de docentes y personal administrativo.

Incluso podrán optimizar los planes de estudio aprobados si ello resultase pertinente y coherente con la autorización provisional otorgada, teniendo en cuenta los alcances y disposiciones de la Ley Universitaria.

En salvaguarda del derecho de sus alumnos, esta entidades deberán remitir a la Sunedu las solicitudes de registro de los grados obtenidos por sus alumnos.

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