El Indecopi declaró, de oficio, la nulidad de dos puntos del plan de reestructuración aprobado por la junta de acreedores del Club Universitario de Deportes (sometido a proceso concursal por insolvencia), sin que esta decisión afecte la validez total del plan aprobado, como cuestionó la Sunat.

Sin embargo, uno de los puntos que se anuló es la posibilidad de una ampliación de 30 días adicionales en caso de incumplimiento del plan de reestructuración (pago de deuda), para que la junta de acreedores tome otras acciones.

En este punto, el Indecopi preciso que el incumplimiento del plan ocasionará la disolución o liquidación del club Universitario.

El otro punto que el Indecopi anuló es el relacionado al pago del 100% de los créditos laborales (en caso de la venta de activos del club), que se iba a realizar en partes iguales en función al número total de acreedores.

En este punto, dispuso que los créditos laborales se pagarán a prorrata y en forma proporcional a las acreencias reconocidas. También se eliminó la disposición que fijaba que posteriormente a este pago se cancelarían los créditos tributarios y de Gremco, a la vez, ya que las acreencias tributarias tienen un orden de prelación preferente al de Gremco.