El Congreso aprobó la prórroga de la exoneración del pago del Impuesto a la Renta (IR) existente a favor de asociaciones sin fines de lucro hasta diciembre del 2023. Con esta prórroga, 30 universidades ahora se encuentran exoneradas del pago de dicho impuesto por tres años más.
Esto tendrá una alta incidencia en la recaudación de la Sunat. En el 2019, dicha entidad calculó que se exoneraron un total de S/ 61′671,028 en Impuesto a la Renta por parte de dichas 30 universidades, por lo que se puede estimar cifras similares para los siguientes tres periodos.
En total, 569 instituciones educativas sin fines de lucro se ven beneficiadas por la prórroga de la exoneración del pago del Impuesto a la Renta. Es necesario indicar que en el 2019 la exoneración a favor de todas estas instituciones le costó al Estado S/ 107 millones en tributos no recaudados debido al beneficio otorgado.
Se considera que un centro educativo es sin fin de lucro cuando no genera utilidades y sus excedentes deben ser reinvertidos en la asociación.
Otros efectos
La prórroga de exoneraciones del IR también afecta a demás asociaciones sin fines de lucro, sean del rubro que sean.
Asimismo, se beneficia a las iglesias e instituciones religiosas, a los clubes de fútbol nacionales, las rentas de los inmuebles de propiedad de organismos internacionales que les sirvan de sede, así como a los créditos recibidos por el Estado peruano.
Este beneficio ha estado vigente desde el 2002 y existe, en parte, dado a que el Impuesto a la Renta está destinado a gravar las ganancias, el lucro. Ya que los beneficiados no tienen propósito de lucro, aplicar el Impuesto a la Renta a sus ingresos no iría de acuerdo con el ánimo del impuesto. Fuentes del MEF indicaron que no se recaudará un total de S/ 401.4 millones por las exoneración a las asociaciones sin fines de lucro.
Aprueban devolución anticipada del ITAN
El Congreso aprobó el proyecto de ley 6807, el cual dispone que los contribuyentes puedan solicitar a la Sunat la devolución anticipada del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) correspondiente al periodo del 2020.
Este impuesto, luego de pagarse, funciona como una especie de “crédito” que se utiliza contra el pago del Impuesto a la Renta, reduciendo el importe total a pagar.
En ese sentido, dadas las bajas rentas en el 2020, el proyecto aprobado planteó que el ITAN se devuelva al contribuyente a efectos de generarle liquidez de manera inmediata. Luego de realizada la solicitud, la Sunat cuenta con un plazo de 30 días para devolver el ITAN al contribuyente.