(Foto: USI)
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Le responden al ministro de Trabajo. La (SNI) consideró inexactas las declaraciones del titular de Trabajo - que aseguró al diario Gestión - que establecer límites de contratación temporal al régimen laboral de exportación no tradicional, es cumplir con los acuerdos comerciales.

En esa línea, para elel Perú no se ha comprometido en ningún TLC a modificar su régimen laboral sobre contratación temporal, "el cual es necesario y promotor del empleo formal, precisamente en la actual coyuntura de pérdida de puestos formales, y que nunca fueron cuestionados cuando se suscribieron los acuerdos".

Aclaró, asimismo, que los tratados de libre comercio suscritos por el Perú con EE.UU. y la Unión Europea, no obliga al país a revisar o modificar la legislación laboral vigente a la fecha de suscripción de los citados acuerdos, pues esto lo que establecen es la exigencia de hacer cumplir las legislaciones laborales vigentes en cada uno de los estados intervinientes.

La indicó, también, que el Perú tampoco se encuentra impedido de variar su actual régimen general de trabajo siempre que se respeten los principios aprobados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), lo cual ha sido reiterado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, tanto ante la sociedad civil empresarial como ante las representaciones sindicales, así como ante sus contrapartes gubernamentales de los EE.UU. y de la Unión Europea.

En una carta enviada al ministro Sánchez, la le recuerda que el Estado Peruano cumple con respetar los principios y derechos fundamentales en el trabajo suscrito en el marco de la OIT y que implican la libertad de asociación; el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; la eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la discriminación con respecto al empleo y ocupación.

Respecto a la queja por imcumplimiento de compromisos laborales en el TLC con la Unión Europea, promovida por algunos parlamentarios europeos con el apoyo de grupos que buscan cuestionar la legislación laboral ante el Departamento de Trabajo de los EE.UU, la enfatizó que ellos no pueden activar algún mecanismo formal de consulta en el marco del Acuerdo Comercial con la Unión Europea, ya que la Comisión Europea es la única autoridad competente para formular un reclamo al TLC.

Finalmente invocó a una reunión con el ministro de Trabajo para sostener un diálogo sobre estos temas, a fin de preservar una misma posición frente a los acuerdos firmados, y desarrollar acciones en favor del trabajo formal, justamente promovidas por instrumentos como el régimen laboral de exportación no tradicional.