Redacción Gestión

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El (TC) declaró hoy improcedente el pedido de aclaración presentado por el Ministerio de Economía (MEF) y confirmó que las listas para la inscripción de los fonavistas beneficiados no se cerraron al 31 de agosto del 2014.

Como se estableció anteriormente, limitar la inclusión de nuevos fonavistas para sería una restricción al derecho de propiedad sobre los fondos aportados por los trabajadores respecto de los cuales el Estado tiene tiene la obligación de pago.

Así, la inscripción de los fonavistas vencerá el 31 de agosto de cada año, para la programación presupuestal del año siguiente, hasta el año 2018.

"Debe procederse a pagar a aquellos aportantes que ya se han inscritos hasta el 31 de agosto de 2014, teniendo el Poder Ejecutivo que recuperar o generar un fondo para el pago a quienes se inscriban después", sentenció el TC en el expediente difundido hoy.

Y apuntó que la devolución de los aportes puede extenderse más allá del año 2018, sin que ello comporte una violación de la Ley 29625.

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