La propuesta busca que los usuarios de tarjetas de crédito paguen tasas de interés menores. (Foto: GEC)
La propuesta busca que los usuarios de tarjetas de crédito paguen tasas de interés menores. (Foto: GEC)

Las tasas de interés cobradas por el uso de tarjetas de crédito no deberán exceder el cuádruple de la tasa pagada a los clientes de la misma entidad financiera por sus ahorros, plantea un proyecto de ley expuesto este miércoles ante la Comisión de Economía del Congreso.

El autor del proyecto, el congresista Robinson Gupioc, integrante de la bancada de Podemos Perú, sostuvo que esta medida corresponde a uno de los seis ejes de su propuesta legislativa denominada "Ley contra los intereses leoninos de las tarjetas de crédito de consumo y contra el abuso bancario".

“Se propone modificar el artículo 9 de la Ley 26702 (Ley General del Sistema Financiero), con el fin de eliminar la usura bancaria, estableciendo un techo de cuatro veces lo que las empresas del sistema financiero logran pagar a los usuarios para tener sus ahorros. Por ejemplo, si una empresa les paga a los usuarios una tasa anual de 5% por tener sus ahorros, solo podría cobrar hasta el 20% anual por el uso de las tarjetas de crédito. Y si se les paga el 1% a los ahorristas, pues cobraría a lo más el 4%”, detalló.

En otro punto, el proyecto plantea la fijación de un tope para la tasa de interés moratorio para las tarjetas de crédito, que no exceda del 30% anual.

Se dispone también que las comisiones y gastos deban ser previamente conciliadas con las asociaciones de usuarios y avaladas por el Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Adicionalmente, establecería que el Banco Central de Reserva (BCR) deba “fijar las tasas de interés de todas las operaciones del sistema financiero”, únicamente en situaciones excepcionales, como una hiperinflación o una emergencia nacional como la que se atraviesa actualmente por la pandemia del coronavirus.

También propone el “rechazo normativo” a las empresas de seguro que se niegan a brindar cobertura a usuarios afectados por una epidemia, pandemia o “cualquier patología existente”; así como a aquellas entidades financieras que denieguen créditos a las personas “sin que exista una sentencia judicial o resolución de la SBS en la que determina que la persona sea declarada morosa”.

Por otro lado, de acuerdo con la norma propuesta, el BCR deberá fijar las tasas máximas de intereses compensatorios, moratorios y legales para las operaciones ajenas al sistema financiero. “Se propone que los contratos cuyas tasas de interés excedan el límite fijado sean considerados nulos de pleno derecho, pero también se propone que el incumplimiento de ello por parte del BCR sea considerado una falta grave”, comentó el congresista.

Luego de su exposición, el congresista José Antonio Núñez Salas, responsable de conducir la sesión del grupo de trabajo, indicó que se ordenaría la elaboración de informes técnicos y legales sobre la base de este y otros proyectos afines, que serán acumulados para la elaboración de un dictamen.

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