La administración tributaria queda ahora habilitada para seguir discutiendo estas deudas determinadas en las instancias legales correspondientes, señaló la Sunat. (Foto: GEC)
La administración tributaria queda ahora habilitada para seguir discutiendo estas deudas determinadas en las instancias legales correspondientes, señaló la Sunat. (Foto: GEC)

Luego que el la demanda de inconstitucionalidad respecto al DL 1421 sobre la prescripción de deudas tributarias, la informó que acata y respeta la decisión de este organismo.

Indicó que este fallo permitirá que las controversias tributarias que el Estado tiene con 158 contribuyentes continúen litigándose en sede administrativa y judicial y, en caso se obtenga una decisión favorable, se podrá ejecutar el cobro de tales deudas.

“La administración tributaria queda ahora habilitada para seguir discutiendo estas deudas determinadas en las instancias legales correspondientes, conforme a un Estado de derecho”, anotó el Superintendente Nacional de la Sunat, Luis Enrique Vera.

Precisó que el máximo órgano de interpretación constitucional, con autonomía, independencia y luego de un amplio debate, ha adoptado la posición jurídica que el Estado peruano ha defendido durante todo el proceso y que, considera, responde a una interpretación válida y lógica de las normas tributarias que regulan la prescripción.

Agregó que el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, en el marco de un irrestricto respeto a las normas, es fundamental para que el país retome la senda del crecimiento y el desarrollo.