(Foto: GEC)
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La Sunat dispuso ampliar la postergación de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes a febrero, marzo, abril, mayo y junio, ante la prórroga del aislamiento social obligatorio dispuesto hasta el 10 de mayo.

La declaración y pago de esos tributos mensuales se efectuará ahora entre los meses de junio y agosto, para dar mayor alivio tributario, facilidades y liquidez a los contribuyentes, y puedan hacer frente en mejores condiciones al impacto económico generado por la pandemia de Covid-19

Esta medida beneficia a las personas naturales y al 99.5% de las empresas (siempre que su monto de facturación en el 2019 no haya superado los S/ 21 millones o 5,000 UIT).

A través de una resolución suprema -publicada en la edición extraordinaria- se estableció el siguiente cronograma de presentación de acuerdo con el último dígito del RUC.

Solo para los contribuyentes con ingresos de hasta S/ 9´660,000, todas las declaraciones mensuales del mes de febrero son prorrogadas hasta el mes de junio, de acuerdo con el siguiente cronograma:

Esta nueva postergación evitará, además, que las declaraciones y pagos de las obligaciones mensuales de febrero, marzo y abril se concentren en junio, mes en el que también se inicia el vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al año 2019.

La norma también posterga los plazos de otras obligaciones, como las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos, así como de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, entre otros.