Sunat
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () iniciará la etapa sancionatoria a que están obligados a llevar libros y registros electrónicos y que no han cumplido con esta disposición.

Indicó que en los períodos enero y febrero de este año, alrededor del 30% de los obligados no ha cumplido con presentar sus , y un porcentaje superior de incumplimiento se observa sobre ejercicios pasados.

En tal sentido, a partir de este mes se iniciará la aplicación de las sanciones respectivas que, de acuerdo con las normas del Código Tributario, equivalen al 0.3% de los ingresos netos anuales del infractor, con un tope de 12 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N°106-2018 de Sunat, se ha establecido la no aplicación de sanciones siempre y cuando los contribuyentes cumplan con subsanar la presentación de los libros o registros de manera electrónica, según los plazos señalados en el cuadro adjunto:

Plazos de subsanación establecido por Sunat
Plazos de subsanación establecido por Sunat

Inconsistencias

La Sunat señaló que como resultado del cruce de datos de los registros de ventas y de compras registrados, se han identificado a la fecha 17,036 casos que presentan diferencias con el registro de operaciones o sus y que ascenderían a un monto estimado de S/ 1,700 millones.

A todos ellos, se les está enviando una notificación para que puedan efectúen la regularización de sus obligaciones en el plazo de 20 días luego de haber recibido la comunicación.

Los principales errores detectados son los siguientes:

1) En el Registro de Ventas Electrónico, se han anotado ventas mayores a las informadas en la Declaración Jurada Mensual del IGV.

2) En la Declaración Jurada Mensual del IGV se han informado compras mayores a las anotadas en el Registro de Compras Electrónico.

Al culminar la etapa de regularización voluntaria, la Sunat procederá a calcular los tributos no pagados, en base a la información anotada en los libros electrónicos, para luego iniciar el procedimiento de cobranza en los casos que corresponda.

Finalmente, la Sunat informó que estas acciones son parte del Plan de Control que viene ejecutando y recomienda a todos los contribuyentes que verifiquen que los datos informados en las declaraciones juradas mensuales reflejen los montos anotados en sus libros y que consideren que la información de las operaciones que realizan, y que debe estar contenida en sus libros y registros electrónicos, constituye un insumo para que la Administración Tributaria pueda ejercer las acciones de control de manera más eficiente, en el menor plazo posible.