El Ejecutivo publicó normas para fortalecer a la Sunat. (Foto: Difusión)
El Ejecutivo publicó normas para fortalecer a la Sunat. (Foto: Difusión)

La (Sunat) dispuso que, a partir de la fecha, las notificaciones que realice para actos de fiscalización, requerimiento de información así como como esquelas de citación y cartas, entre otros se realizará vía electrónica.

Específicamente a través del buzón de correo electrónico, a la que tienen acceso todos los contribuyentes mediante su y a la que se puede acceder desde el del ente recaudador.

De acuerdo a la disposición, publicada en el diario El Peruano, se han incorporado hasta tres tipos de notificaciones por correo electrónico.

En primer lugar, aquellas que solicita información a los contribuyentes de acuerdo con las facultades establecidas en el artículo 62 del Código Tributario y que no forma parte de un procedimiento de fiscalización.

En segundo lugar, aquellas que citan a deudores tributarios para proporcionar información a la Sunat, incluso fuera de un proceso de fiscalización y, en tercer lugar, las respuestas a consultas o solicitudes realizadas por los propios contribuyentes.

“El problema que esto pasa porque las personas verifiquen el buzón de la , todos los días, interdiario o al menos una vez por semana. El no revisarlo puede generar indefensión, ausencia de conocimiento que lo están fiscalizando, y consecuentemente deudas o multas injustas sobre las cual no pudiste defenderte frente a la Sunat” apuntó el tributarista,

En esa línea, remarcó que los requerimientos que la realice por correo electrónico usualmente tienen plazos de entre 15 y 30 días, por lo que recomendó a los contribuyentes evitar una multa si es que pasa por alto las notificaciones electrónicas.

“La recomendación es revisar constantemente el correo electrónico para atender con tiempo a las notificaciones de la ”, remarcó.