El Ejecutivo publicó, a través de un decreto de urgencia, cuatro medidas a favor del sector pesquero que tienen como propósito afrontar los daños y perjuicios económicos ocasionados por el a la infraestructura vial, a los centros de producción, comercialización y expendio de productos hidrobiológicos.

¿Cuáles son estas medidas? El primero se amplía el plazo de vigencia del Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (SIFORPA) del 19 de agosto hasta el 31 de diciembre del 2017.

Esta medida se toma con miras a facilitar el proceso de formalización, que se ha dificultado en las zonas declaradas en emergencia por los huaicos y lluvias, particularmente en las regiones del norte del país. En esta zona, de acuerdo a datos de Produce, se ubican más del 70% de las embarcaciones artesanales.

Esta herramienta virtual, que fue implementada por el Ministerio de la Producción a fines de febrero pasado, busca impulsar el desarrollo de la pesca artesanal y formalizar las pequeñas embarcaciones artesanales que cuenten con una capacidad de hasta un 6.48 de arqueo bruto, reduciendo los costos y plazos que antes demoraban varios meses.

La segunda medida implementada es la modificación del permiso del cabotaje marítimo para embarcaciones pesqueras. El cambio establece que solo podrán realizarlo embarcaciones con capacidad de bodega de más de 350 m3, y no de 35 m3 como se autorizó a fines de marzo pasado.

El gobierno explicó que la disposición anterior, no resultaba conveniente porque iba a incrementar la cantidad de embarcaciones menores para realizar el traslado de mercancías.

Lo que a su vez constituía un peligro para la seguridad de la embarcación y dificultaba el control y supervisión de dichas naves ya que podrían salir o arribar desde cualquier punto.

El tercer anunció es la flexibilización de las condiciones de pago de las multas administrativas impuestas por infracción o infracciones a la normativa pesquera y acuícola que no se encuentren en algún proceso judicial, hasta por un plazo de 150 días calendario.

"Este conjunto de medidas permiten apoyar al pescador y contribuyen a reactivar la actividad pesquera en las zonas declaradas en emergencia por el impacto de El Niño Costero", destacó , titular del sector.

Por último, la cuarta medida está relacionada con brindar facilidades por un plazo de 30 días hábiles para la importación y comercialización de alimentos industrializados para consumo humano en situaciones de emergencia, como las conservas de pescado.

Para ello se precisa que el registro sanitario o la autorización sanitaria podrán ser otorgados previa presentación de una declaración jurada y que los importadores o proveedores extranjeros son responsables de la inocuidad de los productos importados.

En esa línea se destaca que el tiene un plazo no mayor de 10 días calendario para aprobar mediante resolución ministerial, las medidas y/o lineamientos necesarios para viabilizar el cumplimiento en las medidas de urgencia publicada hoy por el diario oficial El Peruano.