Entre el 25 de marzo y el 12 de abril los contribuyentes deberán realizar su declaración jurada del Impuesto a la Renta por el periodo 2020, año altamente inusual para los ingresos, pérdidas, gastos y negociaciones de varias empresas.
En ese sentido, Katarzyna Dunin-Borkowski, directora tributaria de PricewaterhouseCoopers, señala que las empresas tienen que considerar varios aspectos especiales para maximizar su rentabilidad y evitar cobros indebidos.
Una de estas consideraciones, señala Dunin-Borkowski, es que ya se deben consignar como gasto descontable de la base del Impuesto a la Renta los intereses devengados por el pago del crédito Reactiva, aun si no se han pagado.
Como explica la abogada, los intereses se contabilizan ni bien se producen, sin importar su pago. Esto, explica, podría ayudar a reducir los tributos a pagar por parte de los contribuyentes.
Precios de transferencia
Por otro lado, recomienda a las empresas contratar a especialistas en precios de transferencia dado que “la pandemia ha generado circunstancias distintas en cada país y los precios comparables en otras jurisdicciones, utilizados para calcular el precio de transferencia, pueden haber sufrido un cambio drástico”.
La abogada indica que en caso de que haya necesidad de modificar precios de transferencia podría haber un saldo a favor de las empresas o de la Sunat que debe regularizarse.
Renegociaciones
Por su parte, Alvaro Arbulú, socio de EY, señala que los contribuyentes deben tener en cuenta lo que se ha precisado en los varios informes que está publicando la Sunat en los últimos meses, lo cual resulta vinculante y cambia algunos aspectos tributarios.
Uno de estos últimos informes precisa que los intereses por factoring se devengan aun cuando están siendo renegociados.
En ese sentido, Dunin-Borkowsky agrega que las empresas deben revisar todas las renegociaciones realizadas en el marco de la pandemia y ver cómo son afectadas por los pronunciamientos de la Sunat, así como posibles efectos tributarios no considerados.